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  • Daniel Rojas Castañeda

viernes, 24 de abril de 2020

La solicitud del demandante se apoyaba en tres supuestas irregularidades las cuales partían de un cambio del régimen jurídico

El Consejo de Estado negó una demanda que buscaba la suspensión de la elección de Andrés Felipe García como director de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Área de Manejo Especial la Macarena (Cormacarena).

La solicitud del demandante se apoyaba en tres supuestas irregularidades las cuales partían del hecho de que Cormacarena, a pesar de cambiar su régimen jurídico, continuaba operando a través de las reglas del antiguo régimen al cual pertenecía.

Por otro lado, se había formulado un recurso de recusación contra varios de los integrantes del consejo directivo de la corporación y a partir del mismo la entidad debía suspender el trámite de la elección para dar oportunidad a que la Procuraduría resolviera su petición, pero esto no se cumplió.

Finalmente, el solicitante indicó que la sesión en la que se produjo la elección de García, había contado con varios integrantes los cuales no podían participar en parte porque habían sido recusados. Por lo que dicha reunión, se produjo con afectación del quórum decisorio.

Sin embargo, la alta corte negó la suspensión exigida ya que, si bien la entidad cambió su régimen jurídico, las reglas de la elección eran las mismas. En cuanto a la recusación de los miembros no había sido fundada en causas legalmente previstas para su procedencia, por lo tanto, no había una supuesta afectación del quórum ya que los miembros podían participar del mismo.

Finalmente, EL Consejo De Estado consideró que en esta etapa no podía tener cabida las objeciones presentadas por el demandante por lo que negaba la demanda contra la elección de Andrés Felipe García.

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