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  • Daniel Rojas Castañeda

jueves, 26 de marzo de 2020

Esto fue por encima de la suspensión de términos en los procesos adelantados por la jurisdicción administrativa

El Consejo de Estado y los tribunales administrativos del país decidieron revisar los decretos de estado de emergencia por Covid-19, por encima de la suspensión de términos en los procesos adelantados por la jurisdicción administrativa.

En el marco de la emergencia sanitaria por el coronavirus se han dado a conocer diferentes tipos de decretos que dictan los gobiernos locales y Nacional. Un hecho que se trazo luego del acuerdo por medio del cual el Consejo Superior de la Judicatura exceptuó la medida de suspensión de términos ordenada a propósito de la emergencia, dando ejercicio de control automático de legalidad a los actos administrativos que dicten las autoridades.

Sin embargo, lo anterior no implica que la legalidad de estos decretos que dicte el Gobierno Nacional no pueda ser estudiado. Por lo que sera la Corte quien determine si se ajustan a las leyes, a pesar de la orden de suspender términos judiciales en los procesos hasta el próximo 12 de abril.

Además, los tribunales administrativos de los distintos lugares del país podrán hacer el juicio de la legalidad a los decretos que dicten las autoridades locales.

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