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martes, 20 de abril de 2021

El organismo también se informó que 850 sociedades no atendieron el llamado para subsanar voluntariamente irregularidades

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), que dirige Lisandro Junco, identificó a 506 empresas como proveedores ficticios. A este punto llegaron al identificar la venta de facturas de operaciones simuladas.

Ya se iniciaron las acciones penales del caso ante la Fiscalía, procesos que también se concretarán contra los compradores de costos y gastos simulados.

"Las denuncias penales se instauraron además contra los compradores de costos y gastos simulados, que con esta práctica buscan disminuir sus impuestos sobre la renta y complementarios e Impuesto al Valor Agregado (IVA), actividad que, en el caso de este último, no solo constituye evasión, sino que se estaría incurriendo en peculado", explicó el organismo mediante un comunicado.

También se informó que 850 sociedades no atendieron el llamado para subsanar voluntariamente esas irregularidades. A estas empresas se les inició un proceso de investigación y determinación de impuestos, "con el fin de recuperar los tributos defraudados a la Nación, situación que se convierte en un agravante para estas frente a la Fiscalía, pues en su afán de sostener las operaciones simuladas, terminan incurriendo en otros delitos".

La Dian recordó que la compra y venta de costos inexistentes constituye una conducta que puede constituir en un delito consagrado en el Código Penal, pues precisaron que al no consignar las sumas recaudadas por impuesto a las ventas, inclusión de pasivos inexistentes, defraudación o evasión tributaria; así como también, delitos de falsedad, enriquecimiento ilícito de particulares y lavado de activos.

"En caso de no corregir en forma voluntaria, la Administración Tributaria procederá a dar aplicación al artículo 647 del Estatuto Tributario desconociendo los costos, gastos, deducciones, descuentos, exenciones, impuestos descontables, pasivos, retenciones o anticipos y a liquidar sanción de inexactitud de hasta del 160% del mayor saldo a pagar determinado (artículo 648 del ET); ello sin perjuicio de la acción penal que se adelante por los presuntos delitos en que pudieren haber incurrido", informaron.

En este link puede consultar las sociedades que fueron identificadas como proveedores ficticios.

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