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  • Daniel Rojas Castañeda

sábado, 18 de julio de 2020

Felipe Andrade, socio de Sanabria y Andrade dijo que la pandemia podría traer conflictos en derechos

La carrera por descubrir una vacuna contra el covid-19 a nivel mundial ha generado un gran debate en materia de Propiedad Intelectual (PI). En entrevista con Asuntos Legales, Felipe Andrade, socio de Sanabria y Andrade y experto esta área, explicó cómo la coyuntura presenta una tensión entre los derechos privados y los públicos.

¿ConsIera que el covid-19 le está generando mayores retos al área de la propiedad intelectual?
La actual situación generada por el covid-19 ha generado varios cambios en nuestra sociedad. Particularmente, en la forma en la que nos relacionamos y trabajamos, volcando a un sector importante de la sociedad a las nuevas tecnologías y la virtualidad. Indudablemente, esto tiene repercusiones en la actividad creativa de una sociedad en los distintos ámbitos, es decir, en el artístico, científico o literario. Por tal razón, todos aquellos acontecimientos que dinamizan, cambian o influyen en los procesos creativos conllevan un gran reto para el régimen de la PI.

Recordemos que la Propiedad Intelectual tiene como punto de partida la necesidad de incentivar y proteger la actividad creadora de las personas, motivo por el cual, podemos sostener que, en donde haya creación con independencia del campo o la materia que se trate, se encuentra involucrado el régimen jurídico de la Propiedad Intelectual.

Pensemos simplemente en lo que ocurrió hace varios años con los desarrollos digitales o lo que algunos han llamado la aparición de la era digital. Tales cambios trajeron consigo un reto para la propiedad intelectual, al haber surgido un espacio diferente en el cual se desarrollan, trasfieren y se hacen públicos los distintos contenidos que tradicionalmente habían sido conocidos en medio análogo o físico.

Ahora, con el surgimiento de la pandemia, ese mundo digital cobra mayor relevancia al aumentarse, necesariamente, la demanda por conectividad a internet, la necesidad de hacer parte o valerse de las herramientas que brinda ese mundo digital y al estarse trasladando varias actividades de la sociedad a dicho escenario.

LOS CONTRASTES

  • Jorge Rámirez Asociado de Sanabria & Andrade

    “El gran reto de nuestro sistema de propiedad intelectual en esta época es fortalecer la trasferencia de tecnología y buscar un acceso adecuado a las tecnologías que redunde en provecho de la sociedad”.

¿Es posible que exista una dualidad en la materia cuando se piensa, por un lado, en los inventores y, por el otro, en los derechos de interés público?
Esa tensión entre los derechos de propiedad privada, en este caso de PI , con los derechos o necesidades de la comunidad, es decir, con el denominado interés público, siempre ha existido y ha estado presente.

Sin embargo, en cada régimen de PI encontramos regulaciones sobre declaraciones de interés público y licencias obligatorias, lo cual constituye un contrapeso o respuesta del sistema ante la tensión que se pueda generar entre los derechos de un inventor y el interés público de acceder a un desarrollo.

Es por ello que, por ejemplo, en materia de patentes, se ha entendido que al divulgar la información del invento y al conceder unos derechos limitados en el tiempo a su titular, se está de alguna forma compensando o equilibrando la tensión que existe entre la protección del titular y las necesidades de la comunidad de acceder libremente a los desarrollos.

¿La pandemia podría traer más conflictos esta materia?
Seguramente que sí. La necesidad de acceder a distintos desarrollos tecnológicos se aumentado considerablemente, lo cual, probablemente traerá consigo mayores casos de infracción a ciertos derechos de autor, como los del software.

La infracción a los derechos de autor es un asunto complejo para todos los países. En muchos casos ha sido más útil combatir las infracciones mediante estrategias que se implementan a nivel de mercado y que varían la forma como se accede a las tecnologías o a los contenidos, que la imposición rigurosa de la Ley y las acciones judiciales encaminadas a perseguir a los infractores.

¿Cree que las compañías no protegen lo suficiente su propiedad intelectual?
Creo que hoy en día las compañías no son conscientes de la importancia de la propiedad intelectual y de proteger sus activos intangibles. Por ello, muchas veces no se ocupan de registrar sus marcas, ni de proteger sus invenciones en forma adecuada, ni de generar policitas internas para la gestión de la información o el know how de la compañía.

Esa situación también ocurre frecuentemente en instituciones, como por ejemplo universidades, las cuales no obstante se dedican a la investigación y desarrollo en distintas áreas de la ciencia, tristemente no cuentan con políticas claras para la protección de sus desarrollos y le restan importancia al manejo de la propiedad intelectual.

¿Cuáles son algunas de las recomendaciones o estrategias que utiliza para asesorar el desarrollo de negocios de innovación?
Como Abogado asesor en estas materias, es eminentemente necesario hacer un esfuerzo por conocer a profundidad la actividad innovadora o creativa del cliente, así como los aspectos más relevantes del mercado al que se accede, es decir, las particularidades le negocio. Sin ese conocimiento, que supera el simple marco jurídico, no es posible brindar una asesoría que genere un verdadero valor agregado.

Con dicho conocimiento se pueden resolver unas dudas fundamentales respecto de la protección de los intereses de los clientes que desarrollan actividades de innovación: primero cuál es el intangible o el elemento innovador del negocio y segundo si dicho intangible (ejemplo un producto) o elemento innovador encuentra una forma de protección dentro del ámbito de la propiedad intelectual.

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