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  • José David Castilla

martes, 28 de mayo de 2019

Los usuarios de aplicaciones de arrendamiento espontáneo deben registrarse

El Régimen de Propiedad Horizontal y el Código de Policía contemplan sanciones contra los vecinos que utilicen sus apartamentos como locales comerciales, sin contar con las autorizaciones pertinentes para realizar este tipo de actividades.

La restricción a los usos de la propiedad es uno de los principios básicos para la convivencia. En esta restricción las autoridades distritales o municipales establecen en dónde se pueden llevar a cabo cierto tipo de actividades de corte comercial, industrial o residencial.

Si usted sufre una situación en la que sus vecinos de piso inauguraron un local comercial de la nada, tiene que seguir un procedimiento que se divide en tres ramas.

El abogado experto en derecho urbanístico, Andrés Isaza, comentó que “lo primero que debe ver una persona es si esto está permitido por el Reglamento de Copropiedad”.

En este reglamento, los vecinos de un edificio o conjunto residencial definen qué tipo de actividades se pueden llevar a cabo. En este documento también se establecen las sanciones que puede imponer la administración del edificio por vulnerar el régimen de copropietarios.

La segunda posibilidad para solicitar el amparo de las autoridades es verificar el uso del suelo en el barrio donde está ubicado el edificio.

Para poder acceder a esta información, deberá acudir ante la Curaduría Urbana o la Secretaría de Planeación. En estas entidades se establece qué partes de la ciudad pueden utilizarse para la explotación comercial y cuáles están destinadas, exclusivamente, al sistema residencial.

Si evidencia que está prohibido realizar una actividad comercial en esa zona de la ciudad, deberá acudir ante las autoridades de Policía o ante las Alcaldías Locales.

Para garantizar el debido proceso, un funcionario de estas entidades acudirá para estudiar las anomalías. Verificará que, efectivamente, la actividad denunciada no es compatible con el uso del suelo, y le impondrá al propietario del inmueble una multa que oscila entre uno a 500 salarios mínimos.

El proceso se adelantará ante las autoridades distritales, quienes escucharán a las dos partes en el proceso. Tan pronto como se establezca que hubo una violación al Régimen de Propiedad Horizontal y al Régimen de Usos del Suelo, dejarán en firme la sanción impuesta al propietario.

Los arriendos espontáneos

Con la llegada de nuevas aplicaciones digitales, como Airbnb o Couchsurfing, las personas han optado por realizar arrendamientos espontáneos que duran un par de días.

El Gobierno Nacional, mediante el Decreto 2119 de 2018 estipuló que todas las personas que promocionen sus arrendamientos mediante estos aplicativos deberán inscribirse en el Registro Nacional del Turismo.

Con este procedimiento inició la posibilidad de hacer seguimiento a los parafiscales que genera esta actividad indefinida entre el sector hotelero, y el arrendamiento ordinario.

William Martínez, docente de la Jorge Tadeo Lozano, explicó que “esta es una discusión particular, porque las autoridades están restringiendo la autonomía de la libertad privada al limitar el derecho de dominio”.

Si el propietario no está inscrito en este registro, los vecinos pueden poner la queja en la Policía y el dueño del apartamento podría recibir multas.

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