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jueves, 13 de agosto de 2020

La decisión se tomó con respecto al proyecto "Línea de Transmisión Asociada a la Conexión Cuestecitas-Colectora 1 a 500 kV"

La Procuraduría General de la Nación solicitó al Ministerio de Minas y Energía y a la Upme suspender la ejecución del proyecto “Línea de Transmisión Asociada a la Conexión Cuestecitas- Colectora 1 a 500 kV”, en La Guajira, por considerar que se vulneraron los derechos de las comunidades wayuu y tribales que encuentran dentro del área de influencia de los proyectos.

La suspensión, dijo el Ministerio Público, deberá mantenerse hasta que no se agote el procedimiento de consulta previa y obtención del consentimiento libre, previo e informado de las comunidades étnicas que se encuentran dentro del área de influencia.

Adicionalmente, el ente de control solicitó al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible que adopte las medidas necesarias para "la inaplicación de la Resolución 1312/16 que establece los términos de referencia para elaboración del estudio de impacto ambiental requerido para el trámite de la licencia ambiental de proyectos de uso de fuentes de energía eólica continental, por violación de normas convencionales y constitucionales sobre la consulta previa a las comunidades indígenas y tribales".

La Procuraduría, además, pidió a la la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla) y a Corpoguajira que adopten las medidas para "la inaplicación o suspensión de las licencias ambientales y demás actos administrativos en relación con el diseño, construcción y operación comercial de parque eólicos, dictados como consecuencia directa de los diferentes Planes de Expansión de Referencia Generación - Transmisión elaborados por la Upme y adoptados por el Ministerio de Minas y Energía, desde 2015, en adelante, por violación de normas convencionales y constitucionales sobre la consulta previa a las comunidades indígenas y tribales".

Adicionalmente, solicitó a las entidades "la suspensión de las consultas previas que se están desarrollando, como trámite previo a la expedición u otorgamiento de las licencias ambientales, a que hubiere lugar, en relación con el diseño, construcción y operación comercial de parques eólicos en el Departamento de la Guajira y se abstenga, de expedir las que estén en trámite, siempre que tengan una inescindible relación con los Planes de Expansión de Referencia Generación - Transmisión elaborados por la Upme y adoptados por el Ministerio de Minas y Energía, desde 2015, en adelante".

A Corpoguajira, además, el Ministerio Público le solicitó iniciar un proceso administrativo para determinar si en el otorgamiento de licencias ambientales existió "fraccionamiento artificial de la capacidad instalada de estos proyectos, en aras de que la competencia correspondiera a esa autoridad ambiental y no a la Anla y de ser afirmativo, proceda en el marco de sus competencias a establecer las consecuencias de tal infracción".

Finalmente, el ente de control pidió el Ministerio del Interior construya de forma participativa con las comunidades, los inversionistas, las autoridades territoriales, y los entes de control, una guía metodológica obligatoria o un acuerdo de consulta previa macro en relación a proyectos de parques eólicos.

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