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viernes, 7 de febrero de 2020

Inasistencia alimentaria o medidas cautelares le podrían acarrear problemas en el momento de una salida al exterior

Según Migración Colombia, más de 433.000 personas salieron del país en el último mes de 2019, y aunque muchos creen que lo único que se necesita es tener el pasaporte actualizado, hay otros requerimientos que, tal vez, se estén pasando por alto.

Por ejemplo, si antes de su viaje tuvo un problema con la justicia, que se clasifique como un delito que tenga contemplado una pena privativa de la libertad y acarree un proceso más allá de pagar una multa, es posible que al salir del país tenga problemas con migración, y no lo dejen abandonar el país.

LOS CONTRASTES

  • Jairo del MarAbogado penalista

    Un juez de control de garantías o uno familiar podrían impedirle salir del país

  • Andrés Mauricio TamayoAbogado Penalista

    “El juez de control de garantías o de familia tendrá que sentarse a escuchar los argumentos que la Fiscalía le da y tomará la decisión de negarle la salida, siempre y cuando lo considere necesario”.

Para que esto suceda, los expertos consultados aseguran que un juez de garantías será el encargado de decidir, si, además de saldar la deuda que tenga con la ley, le será negada la salida del país, lo cual se realiza por medio de una medida de aseguramiento, tal y como lo muestra el artículo 307 del código de procedimiento penal.

Sin embargo, este tipo de delitos no son los únicos que podrían impedirle salir del país, pues una demanda por inasistencia alimentaria, con la salvedad de que un juez familiar haya dejado en firme la decisión de negar la salida del país o en su defecto, de cancelarle las visas vigentes.

“Una persona no podrá salir del país si tiene una sentencia condenatoria, una medida cautelar, una medida de aseguramiento no privativa de la libertad o cuando un juez de familia le prohíbe a una persona salir del país cuando debe alimentos”, aseguró, el abogado penalista Jairo del Mar.

En este orden de ideas, el Estado recalca a los ciudadanos que los derechos de los niños son fundamentales, en tanto que estos prevalecen sobre los derechos de los demás, por lo que serán protegidos por la familia, la sociedad y el Estado ante cualquier forma de abandono.

Para el abogado penalista, Andrés Mauricio Tamayo, el que se impida la salida del país, depende del aparato judicial. “No es tanto el tipo de delito, sino la certeza que tenga el fiscal de que van a evadir el deber, no tanto porque sea inasistencia familiar o hurto sino porque el vea la posibilidad de que la persona acusada, no comparezca al juicio”, dijo.

Por otro lado, tener deudas en el país suele ser un interrogante para quienes quieran salir del país. No obstante, deberle a alguna entidad financiera no tiene efectos en la migración, según los expertos en finanzas consultados como Alfredo Barragán, de la Universidad de los Andes, quien afirmó que “los bancos tienen previsto que parte de la cartera que otorgan siempre se va a perder”.

Además, Barragán aseguró que no hay ningún convenio internacional que permita ver el récord financiero de ninguna persona.

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