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jueves, 17 de septiembre de 2020

En seguimiento de nuestra publicación del pasado 11 de junio de 2020 en este mismo espacio, en esta entrega sobre inversiones responsables y sostenibles nos queremos enfocar en el mercado de valores, pues este mercado no es ni puede ser ajeno a la financiación sostenible. Algo que parecía ser exclusivo de los organismos multilaterales de crédito, quienes a través de financiaciones promovían la implementación de principios ambientales, sociales y de gobierno corporativo (ASG) ahora trasciende a otros actores.

Así, por ejemplo, el pasado 1 de septiembre Coca Cola FEMSA, anunció la colocación de un bono verde por US$705 millones, el más grande en la historia para una compañía en Latinoamérica. Igualmente, en julio de 2019 Chile anunció la emisión de bonos verdes soberanos mediante dos transacciones en los mercados internacionales que totalizaron US$2.4 billones, constituyéndose en la primera emisión de bonos verdes por un soberano en Latinoamérica.

Colombia no se queda atrás. Bancos comerciales y compañías del sector real han emitido más de COP$2 billones en bonos verdes, respaldando proyectos de “construcción verde”. A esto se suman múltiples entidades que se han adherido a los principios de inversión responsable (PRI). Por su parte, el pasado 7 de septiembre, la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) expidió la Guía de Bonos Verdes, que consiste en un conjunto de buenas prácticas para realizar emisiones de este tipo de bonos.

Las recomendaciones incluidas en esta guía son voluntarias para los emisores y se enmarcan en los 4 principios establecidos por la Asociación Internacional de Mercados de Capitales (ICMA). Si bien el universo de los bonos temáticos comprende tipologías adicionales, la guía expedida por la SFC está limitada a bonos verdes. Adicionalmente, se expidió la Circular Externa 028 de 2020, mediante la cual se adicionó la Circular Básica Jurídica, definiendo el concepto de “bonos verdes” e incluyendo disposiciones sobre el uso de los fondos, el proceso de selección y evaluación de proyectos, políticas para la gestión de los fondos y políticas para la revelación de información de los bonos.

Se trata de buenas noticias, ya que la financiación sostenible continúa consolidándose y promoviéndose. Los principios de ICMA aplicables a los bonos verdes se han convertido en el marco aplicable globalmente a estas emisiones y define los bonos verdes como aquellos instrumentos de deuda que financian proyectos ambientales elegibles, que son beneficiosos para la sostenibilidad ambiental, los cuales deben cumplir con los principios aplicables: uso de fondos para proyectos verdes; proceso de evaluación y selección de proyectos; gestión de los fondos; y deberes de información.

ICMA define también los bonos sostenibles como un tipo de bono cuyos recursos son exclusivamente aplicados a proyectos elegibles de carácter ambiental o social, y dado que combinan proyectos verdes y proyectos sociales, ICMA dispuso en su guía de bonos sostenibles que es el emisor quien debe definir la clasificación y el uso de los fondos y de este modo utilizarlos en los proyectos correspondientes.

Si bien estamos en tiempos de incertidumbre, en el mercado de valores colombiano el segundo mercado se convierte en el escenario ideal para la emisión de este tipo de bonos, dada la posibilidad que el emisor y los inversionistas tienen de acordar los términos de emisión y suscripción.

Agradecimiento especial a Diana Bogotá y Santiago Ariza por su apoyo en este artículo.