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viernes, 17 de enero de 2020

La última reforma tributaria aprobada en diciembre del año pasado en su artículo 72, permite expresamente la acumulación del régimen excepcional de mega inversiones con el de zonas francas, a las cuales se les aplicará el beneficio del impuesto sobre la renta y complementarios previsto para las mega inversiones.

Las principales ventajas de esta acumulación de regímenes son las siguientes:

1. El único impuesto que debe pagar el inversionista (personas naturales o jurídicas, residentes o no residentes) será del 27%, y la repartición de dividendos estará exenta.

2. Estas nuevas inversiones podrán depreciar sus activos fijos en un periodo mínimo de dos años independientemente de la vida útil del activo.

3. Los contribuyentes que realicen estas inversiones no estarán sujetos al sistema de renta presuntiva, ni al impuesto al patrimonio.

4. Podrán suscribir un contrato de estabilidad tributaria, el cual permanecerá vigente durante el término del beneficio (20 años).

5. Cuando la mega inversión obtenga el régimen de zona franca, la maquinaria y equipos no causarán arancel e IVA, lo cual baja el valor del capex inicial del proyecto.

Si bien es cierto que la nueva reforma tributaria en su artículo 95 permite descontar el IVA pagado en la adquisición, construcción o formación e importación de activos fijos reales productivos, también es cierto que en un proyecto greenfield, entre el momento en que se importa el equipo y se paga el IVA, y el primer año en que se producen utilidades, de las cuales este IVA pueda empezar a descontarse, pueden transcurrir cuatro o cinco años, por lo cual esta ventaja es fantástica.

6. El régimen de zonas francas aplicado a mega inversiones también permite la no causación del IVA para los materiales de las estructuras utilizadas en estos megaproyectos (edificios, vías, plantas de tratamiento, etc).

7. Para gozar de estos beneficios acumulativos se requerirá realizar una nueva inversión por valor de cerca de US$300 millones (30 millones de UVT) y 250 empleos en los sectores de alto contenido tecnológico, tecnologías emergentes y exponenciales y de comercio electrónico, y de 400 empleos en los demás casos, y será necesario del doble reconocimiento del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, tanto para el carácter de mega inversión como para el de zona franca (permanente o multiusuario o especial).

Con esta norma, producto del esfuerzo conjunto del Ministro de Comercio Exterior, del director de la Dian y de ProColombia, Colombia queda con la mejor estructura fiscal entre los seis países de América Latina para mega inversiones, si se tiene en cuenta el impuesto acumulado de renta a las sociedades y el de los socios así: México 37%, Argentina y Chile 35%, Brasil 34% y Perú 33,1% frente al 27% de Colombia.

De acuerdo con Crossborder fDi Markets, que es el área de análisis de inversión extranjera de Financial Times, 681 zonas francas en países en vías de desarrollo han recibido proyectos de inversión por valor de US$11 billones entre 2015 y 2018, convirtiéndose este instrumento en la mejor herramienta de promoción de la inversión extranjera en el mundo.

Esta es una extraordinaria noticia, porque Colombia debe incrementar sus exportaciones de valor agregado y eliminar el gigantesco déficit comercial del año pasado que superó US$ 10.000 millones y promover una muy agresiva campaña de grandes inversiones internacionales, bajo el supuesto que por cada dólar de inversión nuevo hay un dólar adicional de exportación.

En este sentido, la nueva reforma fue muy superior a la anterior.