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lunes, 8 de marzo de 2021

Desde el 1 de julio de 2020, hemos discutido las interpretaciones de las nuevas reglas aplicables a los procesos judiciales y arbitrales. El Decreto 806 de 2020, con el que se implementó el uso de TIC en las actuaciones judiciales y terminó la paralización de la justicia, nos dio aliento para impulsar la modernización y digitalización de la justicia, como consecuencia de las medidas extraordinarias que el gobierno debió adoptar ante la emergencia del covid-19.

No hemos parado de discutir, interpretar y estar atentos a las novedades jurisprudenciales que aclaren aquellos aspectos problemáticos del Decreto 806 que sólo con la práctica han empezado a aparecer: Que si la notificación de la admisión de la demanda debe hacerla la parte o el juez a través de correo electrónico, que los términos empiezan a correr luego de surtidos los dos días siguientes al recibo del correo electrónico, que si deben establecerse protocolos para garantizar la espontaneidad del testigo y así un sinfín de problemas, soluciones y retos que se concentran sólo en la norma, su interpretación y aplicación, pero ¡qué poco hemos hablado de los verdaderos héroes detrás de toda esta reactivación!: los funcionarios de la rama judicial, jueces y magistrados.

Penosamente, año tras año veíamos como las distintas agremiaciones de funcionarios de la Rama Judicial protestaban por cuenta de, entre otros asuntos que no vienen al caso, las precarias condiciones en las que deben cumplir con su trabajo.

Juzgados sin papel, sin internet, con pocos computadores (desactualizados e ineficientes), sin tinta para las impresoras o, peor aún, sin impresora. En el año 2020, no hubo paros judiciales y, en cambio, sí un despliegue de resiliencia que merece ser reconocido.

La administración de justicia ha venido trabajando con las uñas y aunque hemos visto que se han hecho inversiones, no han sido suficientes. Las dificultades que vemos en los despachos de las grandes ciudades (no olvidemos el incidente del palacio de justicia de Cali, por ejemplo) palidecen ante las condiciones de servicio que enfrentan las poblaciones más pequeñas y alejadas de las capitales y cabeceras de distrito, donde el suministro de energía eléctrica es intermitente y el internet es casi una ficción.

En estas condiciones, pensar que cada funcionario judicial del país tiene un computador portátil (entregado por su empleador —el Estado—) que puede llevar a su casa para trabajar remotamente, con una adecuada conexión a internet y acceso a una nube en la que reposen los expedientes digitales (que no lo están porque la justicia en Colombia está soportada en pilas de expedientes amarrados con pita y arrumados peligrosamente) es, por lo menos, ingenuo.

Aun así, la gran mayoría de los trabajadores que integran el sector de la Rama Judicial ha puesto a disposición del país, sin pedir nada a cambio, sus computadores personales, el internet de sus casas, sus impresoras, escáneres, teléfonos celulares y demás recursos, todos pagados con su propio sueldo, para evitar el colapso y paralización de la justicia. En estos seis meses en medio de la tormenta, no han abandonado el barco.

Héroes, sin duda, porque en esta época en que se redefinen las obligaciones laborales, especialmente las de los patronos respecto a sus empleados en trabajo remoto, miles de funcionarios judiciales han hecho gala de su recursividad para que esa norma, que tanto hemos discutido, sea eficaz y no caiga en el baúl del olvido de las leyes y decretos bienintencionados que jamás se aplicaron. Los saludos a la bandera normativos.