Agregue a sus temas de interés

Agregue a sus temas de interés Cerrar

martes, 18 de febrero de 2020

El Gobierno colombiano ha continuado flexibilizando la normatividad migratoria para que los nacionales venezolanos puedan seguir ingresando y regularizando su situación en país. Dentro de las medidas establecidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores está la posibilidad de ingresar, transitar y salir del territorio nacional, aun cuando su pasaporte venezolano se encuentre vencido.

Adicionalmente, con la Resolución 3548 de 2019 se creó el Permiso Especial Complementario de Permanencia (Pecp), que permite a los nacionales venezolanos permanecer en el territorio nacional por 90 días, pudiendo ser renovado por lapsos iguales, pero sin superar un término de dos años. El Pecp será expedido por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, previa autorización de la Comisión Asesora para la Determinación de la Condición de Refugiado (Conare), siempre que el aplicante haya solicitado el reconocimiento de condición de refugiado entre el 19 de agosto de 2015 y el 31 de diciembre de 2018 y cumpla con las demás disposiciones vigentes para la expedición de este permiso.

Recientemente, Migración Colombia inició el proceso de renovación de los Permisos Especiales de Permanencia (PEP) hasta el 29 de mayo de este año. Este nuevo PEP también contará con una vigencia de dos años a partir de su expedición. Cabe recordar que este permiso autoriza a permanecer en Colombia, sin el propósito de establecerse en el país, realizando cualquier tipo de actividad lícita incluyendo la posibilidad de trabajar.

Asimismo, el Ministerio del Trabajo de la mano del Ministerio de Relaciones Exteriores, se unieron para fomentar la formalización laboral y la regularidad migratoria de ciudadanos venezolanos, creando un nuevo Permiso Especial de Permanencia para el Fomento de la Formalización (Pepff), como un mecanismo excepcional y transitorio, dirigido a facilitar la regularidad migratoria de los nacionales venezolanos en territorio colombiano, por medio de la suscripción de algún contrato laboral o de prestación de servicios.

El Pepff se otorgará únicamente a los nacionales venezolanos en condición migratoria irregular que cumplan con siguientes condiciones: ser mayor de 18 años, presente cédula de identidad venezolana y/o pasaporte venezolano aun cuando se encuentren vencidos, no tengan antecedentes judiciales en Colombia o el exterior, no hayan sido sujetos de medidas administrativas como la expulsión o deportación del territorio nacional y que sean titulares de una oferta de contratación mediante un contrato laboral o de prestación de servicios por persona natural o jurídica en Colombia.

La vigencia de este permiso no podrá ser inferior a dos meses ni superior a los dos años, siendo posible renovarlo por una única vez. Cabe destacar que el Pepff perderá vigencia de manera automática, si transcurridos treinta días calendarios a partir de su expedición, no se realiza la vinculación al Sistema de Seguridad Social, así como las notificaciones en la plataforma Sire de Migración Colombia y Rutec del Ministerio del Trabajo.

Si el migrante cambia de actividad, oficio o modalidad contractual ante el mismo empleador, tendrá que informarse la novedad para tramitar un nuevo Pepff, ya que el anterior perderá su vigencia.
Como se puede observar, Colombia continua con la iniciativa de seguir promoviendo beneficios migratorios para esta población, generando medidas flexibilizadoras con el fin de facilitar y regularizar el ingreso de nacionales venezolanos.