Alejandro Sotello, Asociado Senior Gómez Pinzón

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  • Alejandro Sotello

miércoles, 22 de septiembre de 2021

El pasado 14 de septiembre de 2021 el presidente de la República sancionó la denominada “Ley de Inversión Social” que busca recaudar $15,2 billones para financiar los programas sociales del actual Gobierno.

A continuación, presentamos algunos de los puntos más importantes para entender esta Reforma Tributaria (“RT”) que será sancionada por el presidente en los próximos días.

¿Cuáles son las principales modificaciones de la Ley de Inversión Social?

Sin duda, la columna vertebral de la RT es el aumento en cinco puntos de la tarifa del impuesto sobre la renta aplicable a personas jurídicas. Bajo esta nueva Ley, a partir del año 2022 la tarifa general del impuestos de renta para personas jurídicas aumentará del 30% a un 35%.

Esta nueva tarifa, sumada a la tarifa de renta aplicable a los dividendos, generará una tarifa combinada a cargo de los contribuyentes del impuesto de renta de 41,5%, una de las más altas de la región.

Es importante recordar que en los últimos 10 años, se ha modificado cuatro veces la tarifa general del impuesto de renta, lo que demuestra una clara falta de política fiscal en Colombia que genera inseguridad jurídica respecto de nuevas inversiones que lleguen a Colombia.

Adicionalmente, la RT establece que las entidades financieras deberán liquidar, por los próximos cuatro años gravables, “tres puntos adicionales” de impuesto de renta. Esto implicará que, hasta el año 2025, estas entidades deban tributar a una tarifa general de 38%. Seguramente esta medida será objeto de control de constitucionalidad por parte de la Corte Constitucional.

¿Qué otros puntos son importantes de rescatar en esta Reforma Tributaria?

Pocos. Se destacan los siguientes: (i) la derogatoria del parágrafo 1 del artículo 115 del Estatuto Tributario, lo que implica que, de manera indefinida, se podrá descontar del impuesto de renta únicamente el 50% del ICA pagado; (ii) se vuelve a incluir un impuesto de normalización tributaria para el año 2022 a una tarifa del 17%; y (iii) se modifica el régimen simple de tributación en el sentido de ampliar el tope máximo de ingresos para ingresar a este régimen a 100.000 UVT.

¿Es necesaria y suficiente esta Reforma Tributaria?

Indudablemente es una reforma necesaria. El incremento del gasto público producto de la situación de pandemia requiere que el Gobierno obtenga recursos adicionales para financiar sus programas sociales.

Sin embargo, medidas como las incluidas en esta RT corresponden a respuestas de corto plazo que no solucionan los problemas estructurales del sistema tributario colombiano. Lo anterior tendrá como resultado que, como ya se ha vuelto costumbre en Colombia, en un periodo de dos años tengamos una nueva RT.

¿Qué pasó con el IVA y las personas naturales?

A diferencia del proyecto presentado en el mes de abril, la RT aprobada en el Congreso no hace modificación sustancial en materia de IVA ni de tributación de las personas naturales. Lo anterior, seguramente a las críticas recibidas por varios sectores de la sociedad civil en los meses de abril y mayo.

Esto es algo muy desafortunado ya que, aun cuando son medidas impopulares, son necesarias en el corto plazo para mejorar la estructura del sistema tributario colombiano.

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