Dionisio de la Cruz Camargo, Socio de Archila Abogados

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  • Dionisio de la Cruz Camargo

sábado, 20 de febrero de 2021

La necesidad de modernizar las cosas o de “modernizarnos” como individuos, ha adquirido un nuevo significado de la mano de los avances tecnológicos y ahora de la pandemia. Nuestros mayores recuerdan cómo antes la vida era más lenta, los cambios se iban madurando de tal manera que la evolución de las cosas parecía llevar - lenta e imperceptiblemente- hacia una nueva realidad, proceso, que muchas veces llevaba generaciones. En ese sentido, el derecho se acostumbró a esa dinámica, de tal forma que incluso ser un país desarrollado se asimilaba a una legislación estable.

Pero en el siglo XXI, la tecnología ha puesto a girar todo más rápido, cambiando nuestra forma de vivir y percibir el mundo año a año, a tal punto que la estabilidad no parece ser ya el estándar, sino el poder adecuarse a las situaciones.

¿Qué ha pasado en materia de competencia?

El ritmo que se ha venido marcando a partir de la nueva forma de hacer los negocios de siempre, los negocios que surgen por las nuevas tecnologías, el poder que estas han adquirido como creadores y controladores de sus propios mercados, llegando incluso a retar a poderosos países como a Australia, nos obliga a cambiar y a adecuarnos a una nueva visión del mundo empresarial.

De hecho, la Unión Europea se encuentra discutiendo un reglamento “relativo a un mercado único de servicios digitales”, para modificar la Directiva 2000/31, ya que varios países de manera individual han venido abordando la temática de las plataformas digitales. Para el caso del senado de los Estados Unidos en este momento se están discutiendo las reformas para endurecer la legislación existente con propuestas muy agresivas en materia de integraciones empresariales, entre ellas, la de la senadora demócrata Amy Klobuchar.

Por lo anterior, Colombia no puede seguir quedándose atrás. De por sí ya tenemos un rezago importante en aspectos institucionales y sustanciales. Realmente el último cambio estructural de nuestra norma se dio en el año 1992 con el Decreto 2153, el cual tuvo importantes avances con la expedición de la ley 1340 de 2009, pero es que desde el año 2009, han pasado muchas cosas.

La situación de nuestro país en este campo está casi que sobre diagnosticada*. Necesitamos separar las instancias de investigación con las de decisión; es necesario un esquema sancionatorio disuasorio, pero no confiscatorio que tenga como referencia los ingresos de las empresas; se requiere fortalecer el programa de delación y extenderlo a aspectos penales y de perjuicios; se debe actualizar el glosario de conductas restrictivas para que puedan adaptarse a un mercado en evolución; se debe fortalecer la promoción de la competencia desde la perspectiva regulatoria, a través de la abogacía de la competencia, entre otros aspectos.

La labor de la Superintendencia de Industria y Comercio ha estado a la altura de lo que debe hacer una autoridad de competencia, pero ya es hora de cambiar estructuralmente la ley para enfrentar los desafíos que nos impone el mercado. Sin una adecuada política de competencia la recuperación será mucho más lenta y difícil.

*(OCDE, Derecho y Política de Competencia en Colombia, 2009/ DNP https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Estudios%20Econmicos/525.pdf)

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