Juan David Castaño, Asociado de Baker McKenzie

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  • Juan David Castaño Londoño

miércoles, 24 de febrero de 2021

En tiempos de pandemia hemos visto como variedad de compañías han estado al borde y otras tantas han efectivamente caído en procesos de insolvencia, ya sea para la reorganización de sus negocios y deudas, como algunas otras que sin vuelta atrás deben someterse a procesos de liquidación. Pues bien, cabe preguntarse qué papel juega la diligencia y la buena o mala fe de la empresa como empleadora en la gestión de su estado de insolvencia, de cara a las acreencias laborales debidas a sus trabajadores producto de la crisis económica atravesada.

¿Qué papel cumple y cuál es el efecto de la diligencia y buena fe del empleador en estos escenarios?
La respuesta en estos casos es clara: la buena gestión del empleador sobre su estado actual o sobreviniente de insolvencia define si su actuar fue de buena o de mala fe, lo que a su vez nos lleva a determinar en un plano litigioso la existencia o no de una condena por indemnización moratoria, por el incumplimiento en el pago de salarios y prestaciones en dinero consagrado en el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo.

Este efecto no es nada menor, pues en un estado de insolvencia o crisis económica cualquier peso suma, y suma más cuando hablamos de condenas tan onerosas como las que se imponen por este concepto a cuenta de un día de salario por cada día de retraso.

¿Estar en insolvencia es sinónimo de buena o mala fe?
La jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia ha decantado el tema señalando de entrada que la insolvencia, por sí misma, no es un hecho que acredite la buena fe. Es decir, no tener recursos para sufragar los pasivos laborales debido a una situación de insolvencia no lo exime de hacer lo correcto en el momento adecuado para evitar un mayor perjuicio. Así, como riesgo propio de cualquier negocio, el empresario debe estar en la capacidad de prever y gestionar las crisis económicas. De hecho, sí parece tornarse para la jurisprudencia como de mala fe el seguir recibiendo los servicios de un trabajador a sabiendas del estado de insolvencia y no desplegar medidas para evitar su agudización.

Al tiempo resulta relevante recordar que el artículo 28 del Código Sustantivo del Trabajo señala que el trabajador no puede asumir los riesgos o pérdidas de su empleador, por lo que de plano en la insolvencia el empleador tiene el deber de evitar que esta situación perjudique a sus trabajadores.

¿Qué puede hacer un empleador en insolvencia para acreditar su buena fe?
El estándar de diligencia es aquella que tendría un hombre de negocios en la gestión de sus propios asuntos. En otras palabras, un empleador diligente con su negocio en crisis gestionaría la priorización y restructuración de los gastos laborales de forma oportuna, mantendría el personal que efectivamente pueda pagar, reorganizaría sus pasivos, y podría incluso acogerse a procesos de naturaleza concursal.

Así, las normas laborales no castigan al empleador que cae en insolvencia o crisis económica, sino a aquel que no es precavido y diligente con el manejo de dicha situación mediante los medios a su alcance para evitar que el riesgo de la pérdida de su negocio tenga un efecto colateral en los derechos laborales de sus trabajadores.

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