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  • Luz Karime Grajales Cardona

jueves, 16 de enero de 2020

La Superindustria tuvo en cuenta que la expresión Caturra identifica una característica esencial de los productos de café

El signo Caturra no logró registrarse en la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) debido a la similitud y riesgo de confusión encontrada con una especie de café, que defendió la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia (Fedecafé).

Sebastián Carmona Gómez solicitó el registro para identificar café, té, cacao, preparaciones de panadería, pastelería y confitería, entre otros. Sin embargo, la Fedecafé se opuso debido a la similitud del signo con un término genérico, técnico y común en la industria del café.

Caturra corresponde al nombre taxonómico de la especie del café Borbón cultivada en el Brasil, por eso, la agremiación consideró que conceder el registro implicaría un riesgo de confusión en el público.

LOS CONTRASTES

  • Édgar León RobayoProfesor de la universidad Sergio Arboleda

    “El registro del signo que se pretende inscribir en este caso le impediría a cualquier agricultor cultivar la variedad café caturra en el país. La mayor parte del café que se cultiva en el país es caturra”.

Asimismo, la empresa opositora aseguró que la marca solicitante utiliza un término genérico por naturaleza y, por lo tanto, es irregistrable. También indicó que el signo solicitado no cuenta con elementos suficientes que permitan diferenciar los productos que identifica respecto a los productos con los que competiría.

La Federación añadió que la palabra caturra es ampliamente conocida en la industria del café, ya que su designación es necesaria para identificar e individualizar esta especie. De acuerdo con este fundamento, la oposición especificó que si se concediera el registro se le permitirían derechos exclusivos sobre esta expresión al solicitante en una posición de ventaja sobre los demás competidores.

Aunado a esto, la marca que solicitó el registro identificaría productos de café, por los que resultaría evidente que los consumidores podrían asociar sus productos con un tipo de café específico con calidades de la zona geográfica donde se cultiva y particularidades técnicas de este tipo.

Después de analizar el caso, la Superintendencia de Industria y Comercio decidió negar el registro debido al riesgo de confusión que proporcionaría respecto a otras marcas que coexisten en el mercado.

“De ser apreciados componentes genéricos y descriptivos, dentro del conjunto marcario el consumidor no está en capacidad de identificar el origen empresarial del producto, toda vez que el conjunto Caturra+Gráfico, no logra crear una impresión suficientemente distante de la producida por uso de la expresión genérica”, explicó la entidad.

Además, la Superindustria tuvo en cuenta que la expresión Caturra identifica una característica esencial de los productos que distingue y es reconocida entre el público consumidor que prefiere esta adquisición.

“El consumidor promedio al responder a la pregunta ¿cómo es el producto? relacionaría directamente el origen del mismo producto de café, siendo este producto propio de la cobertura que busca amparar el signo solicitado a registro que se ubican en el nomenclador 30 de la Clasificación Internacional”, concluyó el organismo en su decisión.

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