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miércoles, 1 de julio de 2020

La Superindustria determinó que los signos enfrentados eran similarmente confundibles y no podrían coexistir en el mercado

Algunas marcas logran que sus signos tengan una alta recordación en el mercado como es el caso de la compañía de moda The Polo o Lauren Company que, en este caso, buscó proteger a su mítico jugador en la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).

En primer lugar, Yobany Yaruro Reyes solicitó una marca (figurativa) que consistía en la figura de un hombre jugando al polo, con la que pretendía identificar prendas de vestir, productos en la clase 25 de la Clasificación Niza.

Por su parte, Lauren Company dijo que el signo que se pretendía registrar era similarmente confundible con el de su marca Polo Ralph Lauren, por lo que incurría en la causal de irregistrabilidad del literal a, Artículo 136 de la decisión andina.

LOS CONTRASTES

  • Luisa PérezAbogada de Buriticá Abogados

    “La similitud entre las marcas enfrentadas y la conexidad de los productos a reivindicar hacen que sea imposible una coexistencia pacífica en el mercado”.

“Se trata de jinetes montados en un caballo cargando un taco. Los dos evocan y transmiten claramente el deporte polo”, señaló la compañía opositora, que además manifestó ante la Superindustria que el solicitante había invertido los colores de su signo para pretender una diferenciación y que, sin embargo, este aspecto solo causaría confusión a los consumidores.

“Estas diferencias lo que hacen es confirmar la intención del solicitante de generar confusión, aprovechando el prestigio de la marca. Al ser dos marcas tan parecidas un consumidor fácilmente puede pensar que se trata del mismo producto o, incluso, de una nueva marca que la sociedad The Polo/ Lauren Company ha lanzado al mercado”, señaló la oposición.

Finalmente, la empresa de moda indicó que además de las similitudes gráficas que existían entre los signos, los productos identificados eran intercambiables con los de su marca. “Se trata de los mismos productos, es decir, son intercambiables. Tienen la misma naturaleza, finalidad y el mismo consumidor, pues son para la imagen personal, para el atuendo, desde ropa hasta calzado”, concluyó.

Por su parte, Yaruro señaló que la marca figurativa (de un hombre jugando al polo) era de uso común y que su signo tenía colores y elementos diferentes a los de la oposición.

Igualmente, el solicitante de la marca le señaló a la Superindustria que mientras su jinete y caballo se encontraban de medio lado, el de la oposición estaba de frente, además de tener posturas distintas en su cuerpo. “No existe similitud o identidad entre los signos confrontados capaz de generar riesgo de confusión”, concluyó el solicitante.

Tras escuchar a las contrapartes, la SIC realizó el cotejo de las marcas y el estudio de irregistrabilidad y señaló que un consumidor asociaría la imagen de un jinete sobre el caballo a un origen empresarial específico, en este caso, el de la marca previamente registrada Polo.

Adicionalmente, la entidad indicó que sí había riesgo de intercambiabilidad en los productos y una posible confusión por parte de los consumidores. Debido a ello, declaró fundada la oposición de Lauren Company que protegía la marca Polo Ralph Lauren y le negó el registro a Yaruro con su signo de un hombre jugando al polo.

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