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  • Esteban Feria

martes, 9 de febrero de 2021

Servientrega se oponía porque aseguraba confusión con su marca Boomerang, pero dicho registro fue cancelado el pasado 31 de agosto

A la Superintendencia de Industria y Comercio se presentó la empresa Corporación Punto Azul, solicitando el registro de la marca Búmeran (mixta) para identificar servicios comprendidos en la clase 39 de la Clasificación Internacional de Niza.

La empresa de mensajería Servientrega S.A presentó oposición acogiéndose al literal a) del artículo 136 de la Decisión Andina del 2000, asegurando que no hay una distintividad clara con su marca registrada de servicios especiales Boomerang.

La empresa asegura que no hay elementos adicionales, que acompañen al signo solicitado y que puedan otorgarle distintividad puesto que las marcas confrontadas tienen una composición ortográfica similar, y tienen elementos verbales en común.

Y aunque Búmeran desea identificarse con la clase 39 de la clasificación internacional, que hace referencia a transporte y almacenamiento de residuos y sus derivados, Servientrega argumenta que el signo opositor identifica servicios de transporte, independientemente de la naturaleza del cargamento. Lo que podría inducir al consumidor a una confusión.

La SIC dejó en claro que no se tendrán en cuenta los argumentos dentro del estudio de registrabilidad al no desarrollar la causal específica.

La Corporación Punto Azul refutó a la oposición, asegurando que las diferencias fonéticas en este caso son determinantes, pues la marca solicitada no comparte un número considerable de letras con la marca opositora.

Igualmente, frente al uso, la compañía aseguró que al realizar una búsqueda en Google utilizando los metadatos Servientrega y Boomerang, se pudo identificar una página cuya última actualización fue hecha en el año 2015, que asocia a la marca opositora con las palabras “con guía”, lo que representa un uso inadecuado de esta.

Antes de verificar la identidad y similitud entre la marca solicitante y la opositora, el despacho encontró que la marca Boomerang de Servientrega fue cancelada, mediante la resolución No. 52867 del 31 de agosto de 2020, por lo cual los argumentos de hecho necesarios para hacer un estudio comparativo no existen al no haber riesgo de confusión de ningún tipo.

El organismo no tiene indicios razonables que evidencien que el signo solicitado trate de consolidar un acto de competencia desleal, pues no cuenta con supuestos de hecho.

Al no haber presentado oposiciones fundamentadas que puedan anular el registro, el tribunal concluye que el signo solicitado no incurre en ninguna causal de irregistrabilidad.

LOS CONTRASTES

  • Eduardo Cabrera GordilloSocio de Sergio Cabrera Abogados

    "El solicitante de la marca "Búmeran”, en forma acertada, presenta también una acción de cancelación por no uso logrando cancelar la marca “Boomerang de negocios”. De esta manera, el posible obstáculo desaparece y por sustracción de materia fue concedida la marca solicitada."

Por este hecho decidió declarar infundada la oposición interpuesta por Servientrega y así mismo concederle a la Corporación Punto Azul el registro a la marca Búmeran (mixta).

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