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  • Colprensa

lunes, 28 de noviembre de 2016

La Sección Quinta, con ponencia del magistrado Alberto Yepes, señaló que con la suscripción de un nuevo acuerdo político con las FARC para la terminación del conflicto armado, era inocuo examinar una demanda contra el resultado del plebiscito 

Yepes Barreiro terminó anticipadamente el proceso que se originó por la demanda de Garrido, quien alegaba que gran parte de los votantes de la Región Caribe no pudo ejercer su derecho al voto, en razón al impacto que tuvo el fenómeno climático en dicha zona. 

Según la providencia, es un hecho notorio que el pasado 24 de noviembre se produjo la firma de un nuevo acuerdo, lo que genera que los resultados de aprobación del anterior pacto celebrado entre la insurgencia y el Gobierno carezcan de interés judicial. 

“Lo anterior implica que los resultados de la votación del plebiscito que se cuestionan, son respecto de un texto anterior, que fue modificado y, por este motivo, las decisiones que sobre ese inicial acuerdo se adoptaron, han perdido su fuerza ejecutoria, hecho que torna en innecesario adelantar este proceso, por carencia actual de objeto”, dice la providencia.

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