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Actualidad

Beneficios en acceso a los mercados de mercancías

01 de febrero de 2013

José Francisco Mafla

jmafla@bu.com.co

Asuntos Legales
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TEl Capítulo 1 de “Acceso a los Mercados de Mercancías” del Título III del Acuerdo Comercial entre Colombia y la UE tiene como objetivo el mejoramiento del acceso a los mercados de bienes europeo y colombiano, respectivamente, a través de la eliminación progresiva de los aranceles y del establecimiento de disciplinas para facilitar los intercambios comerciales, de acuerdo con las obligaciones en la Organización Mundial del Comercio -OMC.

Beneficios primordiales en acceso a los mercados del Acuerdo Comercial: Uno de los principales beneficios del Acuerdo y, en especial, en acceso a los mercados de mercancías, es que Colombia logra consolidar de manera indefinida el acceso preferencial al mercado europeo que ya tenía gracias al Sistema General de Preferencias (SGP-Plus), que expira el 31 de diciembre de 2013 y del cual Colombia ya no se va a beneficiar al haber alcanzado unos niveles de desarrollo importantes. Esto es de especial relevancia dado que actualmente una parte significativa  de las exportaciones de Colombia dirigidas a la UE se benefician del SGP-Plus.
Se destacan como principales logros de la negociación en lo referente a acceso a mercados de mercancías industriales y pesca los siguientes puntos (los beneficios reportados en el sector agrícola y agroindustrial se detallarán en una siguiente entrega):
• Desgravación inmediata para el 100% de los bienes industriales y de la pesca colombianos en el mercado de la UE, desde la entrada en vigor del Acuerdo Comercial, lo cual permitirá  a los exportadores colombianos aprovechar este mercado ampliado para incrementar sus ventas en sectores de valor agregado (ej. manufacturas de cuero, textiles y confecciones, plásticos y sus manufacturas, entre otros), así como los productos de pesca (ej. camarones y langostinos).
• De igual forma, Colombia otorgó a la UE unos plazos de desgravación razonables y asimétricos, que permitirán a la industria nacional  adecuarse a las nuevas condiciones. En este sentido, un 63% de los productos industriales y de pesca europeos estarán liberalizados desde la aplicación del Acuerdo, un 18% a los 5 años y el resto entre 7 y 10 años.  Esta liberalización de hasta 10 años permitirá a Colombia enfrentarse a la competencia europea de forma gradual.
• Por otra parte, teniendo en cuenta que Colombia es importador de productos de alto valor agregado de la UE, como resultado de la desgravación acordada, los productores colombianos se beneficiarán de importaciones sin gravamen arancelario para bienes de capital, bienes intermedios e insumos necesarios para mejorar su capacidad competitiva, que hoy en día se adquieren a la UE mediante el pago de altos aranceles.
• Es importante resaltar que Colombia logró mantener  las preferencias arancelarias bajo los esquemas de Plan Vallejo y Zonas Francas sobre bienes a ser exportados a la UE.
• Asimismo, de gran interés para Colombia supone el mantenimiento de algunas medidas para la importación de bienes usados, recuperados, re-manufacturados, vehículos usados y nuevos de años anteriores, y las contribuciones sobre las exportaciones de esmeraldas.
En este punto merece la pena señalar dos características del Mercado de la UE beneficiosas para los exportadores colombianos: i) la armonización de los requisitos de acceso exigidos (ej. en los requisitos sobre etiquetado aplicables a textiles y calzado o relativas a sustancias peligrosas, una sola regla aplica en todos los Estados Miembros) y ii) libre circulación de mercancías (una vez importado, el producto colombiano puede circular libremente en toda la UE).
De acuerdo con lo anterior, hay claras oportunidades derivadas del Acuerdo que inclusive fueron recientemente destacadas por Proexport al haber identificado por lo menos 818 productos colombianos de todos los sectores (sin incluir a los mineros energéticos), que se verán directamente beneficiados con el Acuerdo Comercial cuando éste sea aplicado.

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