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Actualidad

Clorox se opone a registro del lema comercial de Fraganti

28 de enero de 2013

Mario Chaves Restrepo


Canal de noticias de Asuntos Legales

Tras declarar infundada la oposición de The Clorox International Company, la Dirección de Signos Distintivos de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) otorgó el registro como lema comercial del signo “perfuma tu hogar, perfuma tu vida” a la marca Fraganti, perteneciente a la sociedad Béisbol de Colombia S.A.S., el pasado 31 de octubre.

La decisión fue tomada luego de que la oficina de la SIC concluyera que el lema no incurre en el causal de irregistrabilidad contenido en el literal e) del artículos 135 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.

Sin embargo, la decisión fue apelada el 12 de diciembre del año pasado por The Clorox International Company, y se espera que la Delegatura para la Propiedad Industrial de la SIC tome una decisión sobre dicha apelación hacia mediados de este 2013.

El registro del lema había sido pedido inicialmente por la empresa Béisbol de Colombia S.A.S. mediante el Formulario Único de Registro radicado el 7 de octubre del 2011 para distinguir productos de la marca Fraganti, que están dentro de la categoría 3 de la Clasificación Internacional de Niza (preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; (preparaciones abrasivas) jabones; perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello; dentífricos).

Una vez publicado el extracto correspondiente a la solicitud de registro, The Clorox International Company presentó oposición con el fin de desvirtuar el registro marcario, porque de acuerdo con la empresa, el lema estaba incurso en la causal de irregistrabilidad contenida en el literal e) del artículo 135 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina, pues simplemente informaba al consumidor qué era el producto de la marca que tendría el lema o cuál era su uso.

Luego de esa oposición, la sociedad Béisbol de Colombia S.A.S. pidió, mediante un escrito presentado el 19 de octubre del 2011, que se revocara el proceso de restricción al registro de la marca, porque su opositor había cometido un error en la identificación de la expresión a la que se estaba oponiendo. Según la compañía Béisbol de Colombia S.A.S., el signo que ellos estaban tratando de registrar era “perfuma tu hogar, perfuma tu vida”, y no el “perfuma tu hogar”, descrito por The Clorox International Company en la oposición presentada.

Posteriormente, el 1 de marzo, la Dirección de Signos Distintivos ordenó la realización de una segunda publicación del signo solicitado por la empresa vallecaucana con el fin de “enmendar el yerro cometido”.

Tras haber hecho el segundo registro, The Clorox International Company no presentó oposición a la decisión de la oficina en el periodo legal permitido (30 días siguientes a la disposición).

Al hacer el estudio de la registrabilidad del lema, la directora de signos distintivos de la SIC concluyó, el 31 de octubre del año pasado, que el signo podía ser registrado al considerar que no está incurso en el causal de irregistrabilidad contenido en el literal e) del artículo 135 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.

Para llegar a esa conclusión, la oficina estableció que la expresión “perfuma tu hogar, perfuma tu vida” tiene un carácter nominativo, y no sólo descriptivo. Además, la oficina estableció que, si bien la expresión “perfuma tu hogar” sí podría tener un carácter descriptivo, al ser combinada con el “perfuma tu vida” deja de ser exclusivamente descriptiva, lo que le permite diferenciar los productos de la marca Fraganti.

Adicionalmente, la oficina explicó que “nada obsta para que términos descriptivos o genéricos o comunes sean combinados resultando en un signo que considerado en su conjunto sea distintivo y registrable como marca o lema comercial, sin que pueda afirmarse que su titular tenga exclusividad sobre cada uno de tales términos, pues la exclusividad recaerá únicamente sobre el signo considerado como su integridad”.

Luego de haberse conocido la resolución, el 12 de diciembre del 2012, The Clorox International Company presentó una apelación, que resolverá la Delegatura para la Propiedad Industrial de la SIC durante este 2013.

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