Consultorio administrativo
¿La Unión Temporal constituye alguno de los tipos de sociedades reconocidos en Colombia?
La unión temporal, no constituye uno cualquiera de los tipos de asociaciones reconocidas en nuestra legislación por el derecho privado, ni una sociedad mercantil o civil propiamente dicha, o siquiera irregular o de hecho, sino que ha venido perfilándose como una nueva categoría jurídica de modelo o contrato de colaboración no tipificado en nuestra legislación, y en tal calidad, las partes en él involucradas tienen plenas facultades para determinar en el contrato las cláusulas que consideren pertinentes para la finalidad que persiguen, así como señalar sus efectos. De otro lado, la S.A.S. es la denominada sociedad por acciones simplificada regulada por 1258 de 2008. Dicha ley consta de 46 artículos, en donde se consagra la forma como se constituye la misma, las reglas especiales sobre el capital y las acciones, la organización de la sociedad, las reformas estatutarias y reorganización de la persona jurídica y la disolución y liquidación de la misma. Es una sociedad que se caracteriza esencialmente por la operancia amplia de la voluntad privada, en donde los constituyentes de la compañía o quienes ingresan con posterioridad a formar parte del capital social de la misma, pueden dar vida a una persona jurídica, que como el nombre lo señala, tiene las características de un tipo societario eminentemente simplificado, en donde de manera clara y expresa la normatividad que la regula esta sujeto a lo que dispongan sus accionistas.
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