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Actualidad

Consultorio Civil

23 de enero de 2013

César Gonzáles Muñoz


Asuntos Legales
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¿Es factible acceder a la solicitud de atender individualmente las unidades inmobiliarias que solicitan sus ocupantes?

El artículo 99 de la Ley 812 de 2003, prorrogado por el artículo 160 de la Ley 1151 de 2007 establecía la siguiente prohibición: “ARTÍCULO 99. Prohibición de invertir recursos públicos en invasiones, loteos y edificaciones ilegales. Queda absolutamente prohibida la inversión de recursos públicos en asentamientos originados en invasiones o loteos ilegales realizados con posterioridad a la vigencia de la presente ley. De la misma manera, las entidades prestadoras de servicios públicos se abstendrán de suministrarlos a las edificaciones que se ejecuten en estas condiciones. Mediante sentencia C-1198 de 2008, con ponencia del Magistrado Manuel José Cepeda, la Sala Plena de la Corte Constitucional declaró inexequible el precitado artículo 99 de la Ley 812 de 2003, por lo que las prohibiciones en él consideradas, desaparecieron del ámbito jurídico. Ahora bien, dado que se trata de un proyecto de construcción de vivienda, debe considerarse lo expuesto en el Decreto 1469 de 2010 “Por el cual se reglamentan las disposiciones relativas a las licencias urbanísticas; al reconocimiento de edificaciones; a la función pública que desempeñan los curadores urbanos y se expiden otras disposiciones”, en cuyo artículo 53 se señala: Artículo 53. Certificado de permiso de ocupación: Es el acto mediante el cual la autoridad competente para ejercer el control urbano.

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