Actualidad
Consultorio Comercial
04 de marzo de 2013
Canal de noticias de Asuntos Legales
¿La Supersociedades tiene competencia para liquidar organismos internacionales?
No. La Superintendencia de Sociedades no tiene competencia alguna para conocer de un proceso concursar y/o liquidatorio de un organismo internacional, como lo es en este caso el Denominado centro Mundial de Investigación y Capacitación para SoluciondDe Conflictos -CMSC. , y por lo tanto, no puede fijar el marco legal específico aplicable a dicho organismo, ni emitir un concepto sobre el mismo, ni la de enumerar causales para proceder a su liquidación, ni la de atribuirle competencia a otra autoridad y menos aun la de emitir un concepto sobre la eventual responsabilidad que les incumbiría a los fundadores del CMSC. En efecto, de acuerdo con el numeral 24 del artículo 189 de , corresponde al Presidente de como Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa “...Ejercer, de acuerdo con la ley, la inspección, vigilancia y control sobre las personas que realicen actividades financiera, bursátil, aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento o inversión de recursos captados del público. Así mismo, sobre las entidades cooperativas y las sociedades mercantiles.” La facultad mencionada, fue delegada a esta entidad y como puede observarse en el artículo 82 de 222 de 1995, al prever que “El Presidente de ejercerá por conducto de , la inspección, vigilancia y control de las sociedades comerciales, en los términos establecidos en las normas vigentes.
¿Quiere publicar su edicto en línea?
Solo envíe su Edicto o Aviso de Ley, y recibirá la información
para su publicación
Contáctenos vía WhatsApp