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Actualidad

Consultorio Comercial

04 de marzo de 2013

Luis Guillermo Vélez Cabrera

lgvelezcabrera@gmail.com

Asuntos Legales
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¿La Supersociedades tiene competencia para liquidar organismos internacionales?

No. La Superintendencia de Sociedades no tiene competencia alguna para conocer de un proceso concursar y/o liquidatorio de un organismo internacional, como lo es en este caso el Denominado centro Mundial de Investigación y Capacitación para SoluciondDe Conflictos -CMSC. , y por lo tanto, no puede fijar el marco legal específico aplicable a dicho organismo, ni emitir un concepto sobre el mismo, ni la de enumerar causales para proceder a su liquidación, ni la de atribuirle competencia a otra autoridad y menos aun la de emitir un concepto sobre la eventual responsabilidad que les incumbiría a los fundadores del CMSC. En efecto, de acuerdo con el numeral 24 del artículo 189 de , corresponde al Presidente de  como Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa “...Ejercer, de acuerdo con la ley, la inspección, vigilancia y control sobre las personas que realicen actividades financiera, bursátil, aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento o inversión de recursos captados del público. Así mismo, sobre las entidades cooperativas y las sociedades mercantiles.”  La facultad mencionada, fue delegada a esta entidad y como puede observarse en el artículo 82 de  222 de 1995, al prever que “El Presidente de  ejercerá por conducto de , la inspección, vigilancia y control de las sociedades comerciales, en los términos establecidos en las normas vigentes. 

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