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  • Juan Pablo Vega B.

miércoles, 25 de abril de 2018

El fallo del alto tribunal también destacó que la Supersalud no vulneró el derecho fundamental a la consulta previa.

La Corte Constitucional dejó en firme la decisión que tomó la Superintendencia de Salud, que en marzo del año pasado liquidó la EPS indígena Manexka, como consecuencia de los “graves hallazgos identificados que involucraban el riesgo en atención en salud de los afiliados y los recursos del sistema de salud”, informó la entidad.

El fallo del alto tribunal también destacó que la Supersalud no vulneró el derecho fundamental a la consulta previa, tras adelantar medidas forzosas frente a la liquidación de la EPS, ya que no se dio lugar a ningún tipo de afectación directa para el colectivo, ni tampoco perturbó la identidad cultural y étnica con la decisión, por lo que se avaló su actuación en este caso.

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