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Actualidad

Decisión en lío de Ecopetrol con Pacific se conocería en dos meses

20 de febrero de 2013

Ana María Bedoya Jiménez


Canal de noticias de Asuntos Legales

Al no alcanzar acuerdo sobre la interpretación jurídica de la cláusula del contrato de asociación de Quifa, Ecopetrol y Pacific Rubiales acordaron convocar a un Tribunal de Arbitramento para que aclare la fórmula por precios altos que se aplicaría en el caso.

En este sentido, la Procuraduría General de la Nación, apoyó la posición de Ecopetrol en la controversia entre estas dos compañías petroleras.

Según Hernando Herrera Mercado, director de la especialización de arbitraje de la Universidad del Rosario, después de los alegatos de conclusión y el concepto de la Procuraduría, la decisión de los árbitros tardaría aproximadamente dos meses.

De la misma forma, un funcionario del Ministerio Publicó expresó a LR que este es uno de los temas arbitrales más costosos en la historia y que la decisión se conocerá en menos de dos meses. “La forma como se interprete esta cláusula, marcará una diferencia millonaria. Los árbitros pidieron una prorroga para tomar la decisión que no debe tardar más de dos meses”, agregó.

La posición del Ministerio Público fue presentada en la audiencia de alegatos de conclusión celebrada en el Tribunal de Arbitramento que convocaron las firmas sobre las cláusulas del Contrato de Asociación Quifa, la cual establece las fórmulas para calcular la participación adicional de la petrolera colombiana por precios altos.

Esta cláusula se hizo aplicable a partir del mes de abril de 2011 y representa billonarios ingresos adicionales para la Empresa Colombiana de Petróleos durante los años que quedan de ejecución de contrato.

El caso entre las dos empresas sigue causando polémica, ya que la participación de Pacific en la producción antes de regalías en el campo Quifa SO es de 60% y esta puede disminuir si se activa la cláusula de precios establecida en el contrato de asociación, la cual asigna una producción adicional a Ecopetrol S.A. Así las cosas, el Ministerio Público asumió la posición coincidente con la de la petrolera colombiana con fundamento en el contundente conjunto de pruebas que reposa en el expediente.

Para Herrera, mientras el Tribunal de Arbitramento no se pronuncie, ninguna de las partes podrá instaurar una demanda judicial, pues el juez se tendría que declarar incompetente. De esta manera, el Ministerio Público manifestó que la interpretación de la fórmula contenida en la cláusula 14.9.3 corresponde a la intención y a la voluntad de las partes expresada libre y voluntariamente a lo largo del proceso de negociación en el que Ecopetrol “nunca faltó a su deber de información a Pacific Rubiales y en el que medió expresa autorización de esta empresa para imprimir e inicializar el documento (donde está contenida la citada cláusula) por haber sido revisado el borrador y encontrarse conforme con sus estipulaciones”.

Advirtió además que la fórmula para calcular la participación adicional de Ecopetrol, por precios altos, analizada junto con las demás variables económicas del contrato de Asociación Quifa, “demuestra el equilibrio razonable frente al contrato modelo de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), en la medida en que Pacific Rubiales obtuvo ventajas significativas en el contexto económico del momento en que se negoció el otrosí”, concluyó.

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