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Actualidad

El derecho penal no es la salvación (II)

03 de octubre de 2012

David Alejandro Peñuela


Asuntos Legales
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Esto es así, por cuanto el delincuente no anda con el Código Penal en la maleta investigando cuál delito tiene menos consecuencias o cuál de ellos presenta, en el plano jurídico, mayores beneficios.

De hecho, al delincuente le tiene sin cuidado la norma; lo que llama su atención, y bastante, son los medios que se usen para hacer efectiva esa prohibición. Es decir, al victimario no le inquieta cuál es la pena y su cantidad en años, sino la debilidad o fortaleza del sistema de investigación y persecución criminal que permita la aplicación de esta.

Para una comprensión correcta al respecto, es necesario entender que el Derecho,  por sí sólo, es insuficiente para lograr estos cometidos y por ende resulta necesaria la integración de otras tantas disciplinas (filosofía, antropología, sociología, criminología, economía, etc.), que le permitan lograr un desarrollo medianamente efectivo al momento de ser aplicado. Por esto, considerar la modificación del Código Penal, aumentando penas o tipificando conductas, cómo actuación suficiente, es un error craso que en poco tiempo terminará por colapsar el sistema.

En esta medida, volcarse a las calles en protestas por violaciones y muerte a mujeres o a niños, sin el uso de otras herramientas, es pueril. A estos esfuerzos, habrá que añadir una considerable inversión económica reflejada en un mayor número de personas encargadas de la investigación y persecución de delitos (policía y fiscales), en avances técnicos y tecnológicos para estos fines, en personal capacitado para el juzgamiento de los delitos (jueces), así como en estructura física donde se pueda llevar a cabo la actividad judicial. Incrementar una pena sin los aditamentos señalados anteriormente es, literalmente, desgastar el patrimonio público sin sentido. En otras palabras, para lograr una reducción en la tasa de delincuencia es primordial contar con la ayuda de otras disciplinas sin las cuales el Derecho Penal se torna inocuo en las calles: tratar de imponer una pena de treinta años a un asesino, contando con un número casi nulo de fuerza pública, sin laboratorios forenses de alta tecnología, sin un número suficiente de fiscales que puedan prestar mayor atención a sus casos (y no que lleguen a estudiar el expediente en el desarrollo de la audiencia) y sin un número razonable de jueces que atiendan las causas, genera impunidad.

Por este motivo, el incremento de los valores de los comparendos por conducir en estado de embriaguez, sin la instalación de cámaras o de policías de tránsito que vigilen el cumplimiento de estas normas, no tiene impacto alguno en la conciencia de la sociedad. Por esta misma razón, tampoco funcionará la implementación de la cadena perpetua para violadores o para los políticos corruptos o cualquier otro caso que tenga relevancia social y que se pretenda resolver a punta de valeriana “penal”.  

En conclusión, estas breves líneas lo que dejan entrever es: a) la debilidad manifiesta que padecen las demás áreas del derecho que cuentan con la facultad sancionadora y que son las llamadas, en principio, a encaminar la mayoría de conductas que se pretende tipificar, y b) la ineficiencia de las demás estructuras que deben soportar el correcto funcionamiento del Derecho Penal y que no lo logran en razón a la falta de inversión del Estado. Por esto, en vez de desgastar tinta y recursos del fisco atacando las consecuencias, se debería atacar la raíz de la problemática. ¡Basta de POPULISMO PUNITIVO!   

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