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  • José David Castilla

jueves, 11 de abril de 2019

Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría estrenó socia en Penal Corporativo y Compliance

as grandes firmas de abogados están implementando un área de derecho penal corporativo transversal para estudiar cierto tipo de riesgos jurídicos y reputacionales en el mercado. Para entender este auge del mercado legal, AL entrevistó a Pamela Alarcón, nueva socia de Penal Corporativo y Compliance de Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría.

¿Cuáles son los puntos que entrará a reforzar en PPU?

La apuesta que hizo la firma por un área como el Derecho Penal Corporativo y Compliance es el resultado de una lectura adecuada de hacia dónde estamos yendo en el mundo jurídico y de los negocios. Pretendemos fortalecer el área de litigio penal en general, pero enfocándonos en la representación de las empresas y sus directivos con ocasión a los delitos en contra de las compañías o cometidos desde o través de las mismas. No se debe olvidar que los programas de cumplimiento mitigan los riesgos (incluyendo los reputacionales), generan competitividad y atraen la inversión.

¿Cómo explica el auge del penal corporativo al interior de las firmas?

Hace unas décadas el derecho penal era asociado solo a otros tipos de criminalidad (sangre, delitos sexuales, narcotráfico) pero, junto con el desarrollo industrial y la creación de nuevos riesgos en las sociedades modernas, el derecho penal se fue expandiendo hasta ganar terreno en el ámbito de los negocios y es parte de lo que se conoce ahora como derecho penal empresarial o corporativo. A las otras áreas del derecho no les debe parecer extraño vernos a los penalistas involucrados en sus asuntos. Todas las áreas del derecho son transversales y es algo que lo están entendiendo las firmas.

Si la empresa no tiene políticas fuertes de compliance y si no denuncian, no serán considerada como una víctima de los delitos.

¿Qué dice de nuestra forma de hacer negocios este auge del penal corporativo?

No se trata de un fenómeno colombiano o de una manera de hacer negocios, lo que creo que debe entender la gente es que el abogado penalista no está para garantizar el cumplimiento del contrato, es decir, no es el policía que está ahí coaccionando a la contraparte para que cumpla el contrato, sino que su papel se debe dar en dos momentos principal e idealmente: al principio de las negociaciones para complementar los due diligences; y cuando se da un incumplimiento contractual y éste sobrepasa el ámbito del derecho civil o comercial y se convierte en una nueva conducta punible.

¿Qué tanto ha afectado a la confianza inversionista casos como Odebrecht?

Colombia sigue siendo un país -comparado con los vecinos de la región- con un buen nivel de confianza inversionista. Sin embargo, no se puede negar que los escándalos de corrupción de los últimos años afectaron la inversión, sobre todo en el sector de infraestructura y eso se vio reflejado en una mayor cautela para invertir o desembolsar créditos. Los sponsors y las entidades financieras acudieron a abogados penalistas para que les ayudáramos a ver las posibles contingencias tanto para las garantías crediticias que tenían con personas y empresas involucradas en actos de corrupción, como, los posibles riesgos de continuar con los financiamientos y las inversiones en los proyectos o empresas contaminadas.

¿El país debe implementar estrategias contra la corrupción trasnacional? ¿Por qué?

Claro, pero el problema no está en la falta de normas al respecto, es decir, tenemos un marco legal fuerte que incluye la tipificación del delito de soborno transnacional y varias normas anti cohecho transnacional que provienen de recomendaciones de organismos internacionales y que tienen sanciones aplicables importantes.

Lo que se debe fortalecer son los organismos de cooperación judicial entre los Estados que permitan avanzar de manera eficaz y oportuna en las investigaciones con el fin de evitar impunidad y de lograr reparaciones por los daños causados con las conductas corruptas.

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