Nicaragua impide a habitantes del archipiélago ejercer sus derechos
¿Por qué la CIJ no puede ceder a las pretensiones de Nicaragua?
Porque Colombia siempre ha actuado de conformidad con el derecho. Lo mismo no se puede decir de Nicaragua.
¿En qué medida ellos no están cumpliendo con la protección del medio ambiente?
Nicaragua no está cumpliendo al desconocer sus obligaciones internacionales sobre protección del medio ambiente marino, lo que viene afectando el hábitat natural de la población Raizal y la que obstaculiza a los habitantes del Archipiélago el ejercicio de sus derechos históricos de pesca.
¿En qué se fundamentó las respuestas a los alegatos de Nicaragua?
Primero, se contestaron las alegaciones de Nicaragua. Segundo, se tomó la decisión de denunciar que es Nicaragua quien está violando el derecho internacional en el Caribe, no Colombia. Acá también se debe mencionar que en coordinación con la Presidencia de la República, nos acercamos a las autoridades de las islas, a los miembros de la población raizal y a los pescadores tradicionales. Hemos estado en San Andrés, Providencia y Santa Catalina, los hemos escuchado y han sido tenidos en cuenta. Además, se ha trabajado con un grupo de raizales quienes han hecho importantes aportes a esta defensa.
¿Qué sigue en este proceso?
Lo que sigue en el proceso es la reacción de Nicaragua al documento presentado por Colombia por medio de una replica. Vamos a ver cómo es esa reacción.
¿Cuándo inicia la etapa del juicio oral y cuándo podría haber sentencia?
Luego de la reacción de Nicaragua al documento presentado por Colombia, puede pasar que se inicie una nueva ronda de alegatos escritos o que pasemos a la etapa de audiencias orales, según lo decida la Corte. Si las audiencias orales son en 2017, la sentencia saldría en 2018, pero si hay segunda ronda escrita todo se corre y la sentencia podría tener que esperar hasta el 2019.
¿Presentar la contramemoria en el tribunal es aceptar la competencia de la CIJ en los demás casos?
No. Colombia ya no acepta la competencia de la Corte Internacional de Justicia luego de la denuncia del Pacto de Bogotá. Lo que pasa es que en sus fallos de marzo pasado la Corte determinó que esta denuncia solo fue efectiva a partir de cierta fecha y la demanda de Nicaragua fue presentada antes de esa fecha. Es importante destacar que, desde el punto de vista jurídico, este es un pleito sobre responsabilidad internacional derivada de ciertas conductas de Colombia y que no se relaciona con nuestros límites.
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