Ordenan supervigilancia por la contaminación en Santa Marta
La Procuraduría General de la Nación estableció que busca un desarrollo eficiente y eficaz de las actuaciones administrativas que adelante la Corporación Autónoma Regional del Magdalena a la empresa minera Drummond por el vertimiento de cerca de 500 toneladas de carbón al mar.
Por lo tanto, el Ministerio Público, a través de la Procuraduría Regional del Magdalena, ordenó adelantar una supervigilancia especial de las actuaciones administrativas que adelante Corpomag a la compañía causante del estrago, a propósito de las posibles irregularidades cometidas con el vertimiento de toneladas de carbón en zona costera de Santa Marta y el municipio de Ciénaga, y el daño ecológico producido con ello.
En trabajo conjunto de la Regional con la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios, el Ministerio Público continuará desarrollando labores de seguimiento a las acciones legales que se adelantan para garantizar la protección y preservación del medio ambiente en la zona afectada el pasado 13 de enero.
Esto, cuando una barcaza arrojó aproximadamente 500 toneladas de carbón en la bahía de Santa Marta, aparentemente para evitar su hundimiento. Cabe anotar, que la compañía ha argumentado que el accidente se produjo por un hundimiento y que no se trató de que se virtiera carbón al mar, sino que el mismo hecho causó que el agua del mar se contaminara con el mineral que se encontraba en la barcaza.
Destitución
De otro lado, en fallo de segunda instancia, Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 10 años al diputado de la Asamblea Departamental de deVaupés, Carlos Alberto Lozano Díaz.
Esto por tomar posesión y ejercer el cargo a pesar de encontrarse inhabilitado por estar vinculado por parentesco en segundo grado de consanguinidad con Jesús Abraham Lozano Díaz, quien se inscribió por el mismo partido del disciplinado como candidato al Concejo Municipal de Mitú, es decir, en el mismo departamento y en la misma fecha en que se realizaron las elecciones de miembros de corporaciones públicas para el periodo 2012 - 2015.
Lozano Díaz ha actuado como diputado a la Asamblea Departamental de Vaupés desde el 2 de enero de 2012 y hasta la fecha a pesar de encontrarse inhabilitado según el artículo 33 de la Ley 617 de 2000, que establece que “quien tenga vínculo por matrimonio, o unión permanente, o de parentesco en tercer grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil, con funcionarios que dentro de los 12 meses anteriores a la elección hayan ejercido autoridad civil, política, administrativa o militar en el respectivo departamento…; Así mismo, quien esté vinculado entre sí por matrimonio o unión permanente o parentesco dentro del tercer grado de consanguinidad, segundo de afinidad o único civil, y se inscriba por el mismo partido o movimiento político para la elección de cargos o de corporaciones públicas que deban realizarse en el mismo departamento en la misma fecha”.
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