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Actualidad

Procatex no impide el ingreso de marca Google al mercado textil

19 de diciembre de 2013

Mateo Jaramillo


Canal de noticias de Asuntos Legales

En varias ocasiones la Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, ha dicho que en temas de marcas no hay diferencia entre una pequeña empresa y una multinacional.

Sin embargo, la notoriedad de un nombre hace que grandes compañías, como Google, ganen las batallas legales contra medianas empresas, como Procatex en una decisión que tomo el Consejo de Estado.

En diciembre de 2005, Google Inc. presentó la solicitud de registro de la marca que lleva su nombre para identificar los productos de la clase 25 de Niza, es decir, los artículos referentes a “vestidos, calzados y sombrererías”.

En febrero del siguiente año, la empresa antioqueña Procatex, a través de Jorge Vera Vargas como su representante legal, se opuso al ingreso de la marca en el mercado textil aduciendo su titularidad sobre el nombre Google para la misma clase.

El apoderado de Google, Juan Pablo Cadena, presentó la respuesta a la oposición en mayo de 2006 trayendo a colación la acción de cancelación interpuesta contra el signo de la empresa antioqueña, y recordando que el signo Google de la multinacional estadounidense es notoriamente reconocido en el mercado.

Luego de un impulso procesal en septiembre de 2011 que presentó el abogado Cadena, la directora de Signos Distintivos, María José Lamus, expuso que no había cabida para un análisis de las marcas debido a que estaba en firme la cancelación del signo de Procatex.

En julio de 2009, más de dos años antes de que la SIC se pronunciara sobre el caso Google vs. Procatex, Lamus canceló el registro de la marca Google de la firma antioqueña para los productos de la clase 25 de la lista internacional. Pero la decisión solo fue confirmada por las resoluciones de marzo de 2010 y julio de 2011.

El superintendente delegado para la Propiedad Industrial, José Luis Londoño, confirmó la decisión por petición de Vera Vargas, ya que fue el jurista quien elevó la acción de nulidad ante el Consejo de Estado.

La consejera ponente de la Sala de los Contencioso administrativo de la alta corte María Elizabeth García consideró que en la demanda, la actora invocó normas de la Comunidad Andina como violadas, y en la solicitud de suspensión provisional, normas nacionales. No obstante, no puede pretender desligar unas de otra”. Por eso decidió confirmar la decisión de la Superindustria y concedió la marca a la multinacional para explotar el signo.

El abogado Vera Vargas asegura que el registro de un nombre se da “para identificar los productos de los que ofrece la competencia. Por eso, cuando se dio el auge de Google, y como la marca no estaba registrada para telas, la solicitamos por ser una expresión novedosa y distintiva. Ahora estamos buscando nuevas alternativas para nuestro mercado”.

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