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Actualidad

SIC sancionó a Sony por incumplir garantía

25 de junio de 2015

Juliana Ramírez Prado


Canal de noticias de Asuntos Legales

El caso en concreto le sucedió a una consumidora que adquirió un televisor de dicha marca, el cual presentó en tres oportunidades una falla consistente, donde, una vez encendido, en su pantalla aparecían varias líneas verdes intermitentes que impedían su normal funcionamiento.

Luego de la primera reclamación, la empresa no hizo efectiva la garantía argumentando que no existía ninguna falla y exigiéndole a la consumidora que debía demostrar el daño del televisor con fotos y vídeos. La consumidora procede a aportar las pruebas como se solicita  las cuales demostraron el defecto del televisor. Luego lo llevó nuevamente para que se le hiciera efectiva la garantía, ante lo cual se le informó que se había procedido a su reparación. Sin embargo, el daño volvió a presentarse.

Durante el proceso se pudo establecer que la compañía incumplió obligaciones legales previstas en el Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011) por haberse abstenido a hacer efectiva la garantía.

Igualmente, la SIC encontró que en las tres oportunidades que la consumidora llevó el bien a reparación pagó por su cuenta los gastos de traslado y transporte del televisor, sin que la sociedad demandada hubiera asumido dichos rubros, como lo impone el numeral 1 del artículo 11 de la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor).

Cabe precisar que contra la decisión de carácter jurisdiccional tomada a favor del consumidor y que es de cumplimiento inmediato no procede ningún recurso y que está amparada bajo el derecho de protección al consumidor.

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