Agregue a sus temas de interés

Agregue a sus temas de interés Cerrar

  • Stephanny Pérez

viernes, 23 de marzo de 2012

La Superintendencia de Industria y Comercio, SIC aprobó la medida cautelar que impuso Comcel S.A a Telefónica, por no cumplir la ley de portabilidad y por ser protagonista de casos de competencia desleal.

El trámite fue radicado el 16 de marzo donde se expuso ante la SIC, procesos irregulares de Telefónica sobre la ley 1245 de 2010 que habla sobre la portabilidad numérica en el país, expedida por la Comisión de Regulación Comunicaciones, a través de la cual se establece los derechos y obligaciones de redes del usuario y del proveedor, en el que está estipulado, entre otras cosas, que es válido realizar un cambio de operador.

El solicitante, Comcel, señaló que el acusado incurrió en dos puntos, 'de un lado impide de manera ilegal, la portación de los usuarios a las redes de Comcel mediante el rechazo de las solicitudes correspondientes, aduciendo que los solicitantes se encuentran en mora en sus obligaciones de pago, circunstancia que es inexistente; de otro lado, realiza actividades encaminadas a retener a los usuarios que han manifestado su voluntad de portar números Comcel'.

De igual forma, resaltó el hecho de una presunta competencia desleal previstos en los artículos 7,8 y 18 de la ley 256.

Otro de los casos a los que se hizo referencia fue lo relacionado con la cláusula de permanencia que exige Telefónica en el momento de efectuar los contratos.

Dentro de los folios estudiados por Adolfo León Varela, superintendente delegado de Asuntos jurisdiccionales, se encontró una carta remitida por el usuario Juan Jairo Estrada, que solicita un retiro para cambiar de operador, a la cual Telefónica responde: 'para cambiar de proveedor en el servicio de telecomunicaciones, es necesario que la línea esté activa y sin cláusula de permanencia vigente', donde el delegado encontró que se vulneraba lo dispuesto en el numeral 5.1 del artículo 5 de la resolución de 2355 de 2010, en la cual se explicó que de acuerdo con esta disposición, 'el hecho que un usuario haya firmado una cláusula de permanencia, no es impedimento para que pueda ejercer su derecho de emplear el sistema del cual está interesado'.

León Varela, a nombre la superintendencia encargada, resolvió 'acoger en las condiciones señaladas como pretensión cautelar formulada por Comcel', en la cual, pide cesar de inmediato el rechazo injustificado de solicitudes, la conducta consistente de exigir la efectividad de cláusulas de permanencia, no realizar retención de los usuarios y un pago por $3.000.000, que deberá liquidar Telefónica para materializar la imposición.

De igual forma, se reconoció que esta conducta causó la pérdida de 3.119 solicitudes que pretendían iniciar en Comcel.

LA REPÚBLICA +

Registrándose puede personalizar sus contenidos, administrar sus temas de interés, programar sus notificaciones y acceder a la portada en la versión digital.