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Actualidad

Toyota no pudo registrar la marca Hilux Revo

17 de noviembre de 2016

Xiomara Mera


Bloomberg
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Al presentar la solicitud de registro marcario ninguna empresa se opuso pero cuando la Directora de Signos Distintivos, María José Lamus, revisó el Registro Nacional de Propiedad Industrial, tal y como lo dispone la Decisión 486 de la Comunidad Andina, encontró que la empresa Importadora Golden Boy S.A. tenía registrada desde el 2012 la marca Revo, lo cual creaba un conflicto con el signo solicitado.

“Es una coincidencia desafortunada para Toyota que ya existiera una marca registrada con la expresión Revo en la clase 12. Por eso es importante la verificación de antecedentes marcarios antes de solicitar el registro de cualquier marca” explicó Eduardo Varela, socio de la firma Cavelier Abogados.

En la primera parte del estudio, Lamus miró las características ortográficas y fonéticas de las dos marcas en conflicto y encontró claras semejanzas en los vocablos predominantes en cada uno de los signos confrontados, elemento relevante en la configuración del signo y que resalta respecto de los demás, de esta manera, el signo solicitado resultaba confundible con el signo antecedente.

“Se advierte que el signo Hilux Revo reproduce la expresión Revo, elemento distintivo de la marca registrada, por lo que, el consumidor podría pensar que se trata del mismo origen empresarial y que el productor ahora tiene una nueva línea de productos.” añadió Lamus.

Así mismo, en la parte final del estudio se encontró que “no hay duda de la relación entre los signos confrontados toda vez que se trata del mismo tipo de productos”. Es decir los ubicados en la misma clase 12 de la Clasificación Internacional  Niza, como vehículos, aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática, repuestos y partes para automotores.

No habiendo dudas  de la conexión competitivala Superindustria tomó la decisión de negar el registro de Hilux Revo solcitado por Toyota.

Guillermo Cáez, fundador y socio de Cáez, Gómez & Alcalconcuerda con la decisión de la Superintendencia, “pues la marca solicitada  y el signo previamente registrado comparten la expresión Revo y esta coincidencia en el caso puntual genera riesgo de confusión en el origen empresarial y por lo mismo se altera la libre elección del consumidor para contratar bienes o servicios en un mercado”.

Sin oposiciones de ninguna empresa Toyota salió perdedora en esta ocasión. Sin embargo, este no puede no ser el  final del camino para convencer a la SIC de conceder el registro, teniendo en cuenta que aún le queda el recurso de apelación ante el Superintendente Delegado para la Propiedad Industrial, José Luis Londoño.

Antecedentes
Toyota fue fundada en 1890 por Sakichii Toyoda. Inicialmente se dedicó a la invención  y construcción de un telar, el cual patentó y vendió sus derechos a la compañía inglesa Platt Brothers. Con esos recursos, inició una división para la  fabricación de autos junto a su hijo Kiichiro. Después de años en el mercado mundial, llegó a Colombia en 1959  con su modelo Land Cruiser y la primera unidad fue vendida en $20.695.

La opinión

Eduardo Varela
Socio de Cavelier Abogados

“Es una coincidencia desafortunada para Toyota que ya existiera una marca registrada con la expresión Revo. Por eso es importante la verificación de antecedentes marcarios antes de solicitar el registro”.

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