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martes, 29 de mayo de 2018

La última condición de escasez en Colombia se presentó durante el fenómeno de El Niño 2015-2016 y en esa ocasión se logró evitar un fuerte racionamiento por la respuesta de los agentes generadores junto con la de los usuarios, quienes a través del ahorro aportaron a la confiabilidad del Mercado de Energía Mayorista. Esa respuesta de la demanda que se bautizó “Apagar paga”, dejó ver que aunque tenemos una regulación con oportunidades de mejora, sí existen instrumentos regulatorios eficaces.

La capacidad de disminuir el consumo de energía eléctrica, se conoce como la Respuesta de la Demanda y está jugando un papel importante en el mercado de energía eléctrica en Colombia y a nivel mundial; un buen ejemplo es la Demanda Desconectable Voluntaria, DDV, este instrumento es uno de los cuatro anillos de seguridad del Cargo por Confiabilidad creado desde el año 2006, y le da la oportunidad al generador de energía respaldarse por períodos cortos, un mes, durante ese lapso de tiempo el generador no estará operando físicamente, bien por mantenimientos, atrasos o fallas, pero sí estará cumpliendo ante el mercado de energía con sus Obligaciones de Energía en Firme, OEF.

En tal sentido, la Demanda Desconectable Voluntaria (DDV) le permite al generador acudir a través de los comercializadores a los usuarios del Sistema Interconectado Nacional, SIN; con una condición que debe ser verificable, esa condición es que los usuarios logren efectivamente reducir su consumo de energía, de manera que la reducción del usuario se descuenta de la obligación que tiene el generador de entregar una cantidad de kWh - día. Los usuarios que optan por la desconexión lo hacen principalmente porque pueden modificar su proceso productivo o porque cuentan con equipos de generación de respaldo.
Actualmente en el mercado, y con el propósito de verificar la efectividad del funcionamiento de la DDV, se está reglamentando un procedimiento para la práctica de pruebas de disponibilidad a la Demanda Desconectable Voluntaria, prueba que permitirá a los usuarios monetizar sus ahorros de energía y, a la vez, ayudará a la formación de precios de las reservas operativas de los usuarios que se desconecten voluntariamente.

La prueba consistirá esencialmente en que la demanda de los usuarios se someterá a una desconexión de cuatro horas consecutivas y será exitosa si efectivamente permanece desconectada durante ese tiempo.
Otros aspectos que reglamentará la Comisión de Regulación de Energía y Gas, Creg, tiene que ver con la duración del contrato de respaldo de la DDV, el cual será de 30 días; la obligatoriedad de incluir en el contrato una cláusula de ajuste regulatorio para regular los efectos de las pruebas y la merecida contraprestación a la demanda por la reducción de consumos.

Con el fortalecimiento de la DDV los usuarios siguen tomando un rol preponderante en la confiabilidad del Mercado de Energía Mayorista, como se observa, a rajatabla esta figura cambia la vocación de consumo que por tradición identificaba a los usuarios, en adelante vía reducción de consumos y apoyados en la entrada de proyectos de autogeneración o generación distribuida, los usuarios aliviaran los compromisos de generación de energía eléctrica.