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viernes, 23 de septiembre de 2022

En las últimas semanas varias han sido las noticias en materia de cumplimiento a nivel internacional de relevancia para los temas aduaneros. Desde una importante sanción (US$272 millones) en una corte asiática a una compañía automotriz por no cumplir las disposiciones de un TLC, hasta la exigencia en un país europeo a varias cadenas de ropa de retirar las etiquetas en sus productos que indicaban que eran sostenibles, aparentemente no siéndolo. En este contexto internacional, es importante resaltar dos iniciativas que la Aduana colombiana ha tenido y que ayudan a mejorar los temas de cumplimiento aduanero.

El primero es la publicación de una compilación de normatividad, doctrina y jurisprudencia tributaria, aduanera y cambiaria por la propia autoridad aduanera. En el enlace normograma.dian.gov.co/dian/ la administración ha buscado, de forma organizada, poner a disposición conceptos y oficios aduaneros unificados, normas y jurisprudencia. Es un muy buen esfuerzo, que como indica el comunicado que emitió la Dian, se convierte en un “instrumento que minimice el riesgo de incumplimiento de requisitos legales”. Esencial que el mismo se mantenga actualizado. Se entiende que para todo lo relacionado con doctrina y normas la misma toma como referencia el Diario Oficial. Un tema es que en el enlace remite al arancel de aduanas, pero sigue una tarea pendiente de poder establecer, en materia de clasificaciones arancelarias, cuáles siguen vigentes; en la página de la Dian se encuentran publicadas desde 2008 más de 7.000 resoluciones, lo que presupone que todas así lo están.

Un tema que es relevante es que, pese a los múltiples cambios normativos que hemos tenido en los últimos años, desde la derogatoria escalonada del Decreto 2685 de 1999 por el Decreto 390 de 2016 hasta el actual Decreto 1165 y sus modificaciones por el Decreto 360 de 2021, el enlace incluye conceptos y oficios aduaneros desde 1988. En este sentido se entiende que la administración considera que esta doctrina sigue vigente, lo que es transparente.

El otro desarrollo importante es la publicación de los resultados de gestión de la dirección de aduanas de enero a julio de 2022 en el Informe de Gestión, en dian.gov.co/aduanas/InformedeGestiondeAduanas/Informe-Gestion-Aduanas-Julio-2022.pdf. Ya hace unos años en un artículo publicado en el Icdt se había buscado cuantificar el total de aprensiones y el valor de estas. Lo importante es que la Dian al hacerlo público está generado transparencia. Entre enero y julio de 2022 se dieron 937 aprehensiones por $25.223 millones. El informe es útil ya que compara el desempeño con 2021 e indica además el recaudo en aduana, que para 2022 ascendió en ese periodo a $79.863 millones frente a $42.754 de 2021, distinguiendo entre recaudo provocado y voluntario. Es muy importante que estos informes se sigan publicando semestralmente, manejando además la misma metodología.

Además sería muy interesante que, como indica la aduana canadiense, se indicara no solo el número de aprehensiones por trimestre sino el tipo de las mercancías aprehendidas (cbsa-asfc.gc.ca/security-securite/seizure-saisie-eng.html), así como en materia de recaudo provocado, se indiquen las verificaciones aduaneras realizadas año a año, identificando productos verificados con el fin de promover entre otros la identificación de riesgos y su cumplimiento (cbsa-asfc.gc.ca/import/verification/menu-eng.html#s2 ), así como los recursos invertidos para lograr ese recaudo.

Pero esto son solo mejoras a dos iniciativas que merecen ser resaltadas y que se vuelven herramientas para que las empresas, importadores, exportadores o agentes de aduanas vayan diseñando programas de cumplimiento cada vez más estrictos y eficaces.