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EDICTOS Y AVISOS LEGALES

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RESOLUCIONES
EDICTO
18 de agosto de 2022

RESOLUCION

CURADURIA URBANA No. 2 DE GIRON 

Arq. CLAUDIO FERNANDO GARCIA REY RESOLUCION No. AACU2G- 0584 / 16082022 

RAD.: N° 683072220199 DEL 31 DE MAYO DEL 2022 

POR LA CUAL SE CONCEDE EL ACTO DE RECONOCIMIENTO DE LA EXISTENCIA DE  UNA EDIFICACION EN SUELO URBANO 

RESUELVE: 

PRIMERO: CONCEDER el reconocimiento de la existencia de una edificación para uso de VIVIENDA a REY CASTILLA RINCON, identificado con cédula de ciudadanía No. 1,098.787.068, en su calidad propietario del predio con nomenclatura LOTE 11 MANZANA O del municipio de San Juan Girón, identificado con el número predial 0103-0000-0936-0011-0 0000-0000, matrícula inmobiliaria No 300-260181 

SEGUNDO: AUTORICESE el : ACTO DE RECONOCIMIENTO DE LA EXISTENCIA DE UNA EDIFICACIÓN en suelo urbano, con un área construida de 320.35 m2, en un lote con un área de 60.00 m2 para Cinco (5) unidades de vivienda en Cinco (5) pisos más terraza. PRIMER PISO: AREA CONSTRUIDA DE 58.42 m2. AREA LIBRE DE 1.58 m2. SEGUNDO PISO: AREA CONSTRUIDA DE 63.22 m2. AREA LIBRE DE 0.00 m2. TERCER PISO: AREA CONSTRUIDA DE 63.22 m2. AREA LIBRE DE 0.00 m2. CUARTO PISO: AREA CONSTRUIDA DE 63.22 m2. AREA LIBRE DE 0.00 m2. QUINTO PISO: AREA CONSTRUIDA DE 63.22 m2. AREA LIBRE DE 0.00 m2. TERRAZA: AREA CONSTRUIDA DE 9.05 m2 AREA LIBRE DE 54.17 m2. TOTAL AREA CONSTRUIDA DE 320.35 m2. AREA LIBRE DE 55.75 m2. 

TERCERO: El presente reconocimiento producirá los mismos efectos de una licencia de construcción, de conformidad a lo establecido en el artículo 2.2.6.4.2.6 del Decreto 1077 de 2015: "La expedición del acto de reconocimiento de la edificación causará los mismos aravámenes existentes para la licencia de construcción y tendrá los mismos efectos legales de una licencia de construcción.-- PARAGRAFO 1.-- Para efectos de la declaratoria de elegibilidad de los planes de vivienda de interés social en la modalidad de mejoramiento, de que trata el 

presente decreto en materia de subsidio familiar de vivienda, el acto de reconocimiento hará las veces de licencia de construcción.". 

CUARTO: Informar al titular de la solicitud que teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 2.2.6.4.1.2. Del Decreto 1077 de 2015. no debe ocupar total o parcialmente el espacio publico, toda vez que dicha disposición es indispensable para otorgar la aprobación del Reconocimiento presentado 

QUINTO: NOTIFICAR, personalmente el contenido de la presente Resolucion  al solicitante y a cualquier persona o autoridad que se haya hecho parte dentro del proceso licenciamiento, en los términos previstos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, de conformidad al art 2.2.6.1.2.3.7 del decreto 1077 del 2015. 

SEXTO: El juego de Planos. Arquitectónicos y Peritaie Estructural y demás documentos que hacen parte integral de la presente resolución se entregaran una vez ejecutoriada la presente resolución 

SEPTIMO ARTÍCULO 2.2.6.1.1.15 Decreto 1077 de 2015, modificado por el Decreto 1203 del 12 de Julio de 2017. Responsabilidad del titular de la licencia. El titular de la licencia o del permiso será el responsable de todas las obligaciones urbanísticas y arquitectónicas adquiridas con ocasión de su expedición y extracontractualmente por los perjuicios que se causaren a terceros en desarrollo de la misma. 

OCTAVO: Contra la presente resolución proceden los recursos de reposición ante el suscrito Curador Urbano N°2 de Girón y de apelación ante la secretaria de Ordenamiento Territorial o en su defecto el alcalde, según los criterios de competencia que se hayan fijado en el municipio de Girón, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de ésta. 

 Expedida en Girón, a los  16 AGO 2022

Notifiquese, Publiquese y Cumplase. 

ARQ. CLAUDIO FERNANDO GARCIA REY  Curador Urbano N° 2 

(hay firma) 


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