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EDICTOS Y AVISOS LEGALES

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RESOLUCIONES
EDICTO
8 de diciembre de 2022

RESOLUCION

CURADURIA URBANA No. 2 DE GIRON

Arq. CLAUDIO FERNANDO GARCÍA REY

RESOLUCION No. AACU2G- 0828    25/11/2022

   

RAD: N° 683072220198 DEL 31 DE MAYO DE 2022 

POR LA CUAL SE CONCEDE UNA LICENCIA URBANISTICA DE CONSTRUCCION EN-MODALIDAD OBRA NUEVA - DEMOLICION EN SUELO URBANO

RESUELVE: 

PRIMERO: CONCEDER licencia urbanística de construcción en modalidad Demolición - obra nueva en suelo urbano a NEIDA PAOLA TAVERA MENDEZ, identificado(a) (s) con la cédula de ciudadanía N° 37.749.154 expedida en BOCHALEMA; ALONSO HERNANDEZ CERCADO identificado(a)(s) con la cédula de ciudadanía N° 5.415.594 expedida en BOCHALEMA; en su calidad de propietario(a)(s) del predio con nomenclatura CARRERA 26 # 3609, urbanización EL POBLADO del municipio de San Juan de Girón, identificado con el número predial 683070102000000420002000000000, matrícula inmobiliaria N° 300-64541. 

 

SEGUNDO: AUTORICESE: licencia urbanística de construcción en modalidad obra nueva - demolición en suelo urbano, para un predio con un área bruta 160.00 m2, el cual presenta la siguiente descripción de proyecto: con un área demolición 160.00 m2, con un área de comercio 345.60 m2, el predio está conformado por DOS (2) unidades comerciales en TRES (3) pisos,, con un área de lote de 160.00 m2, así: PRIMER PISO: UNA (1) unidad comercio (LOCAL 101 NIVEL I) con un área construida de 116.00 m2, área libre de 44.00 m2, SEGUNDO PISO: UNA (1) unidad comercio ( LOCAL 101 NIVEL 2) con un área construida de 122.40 m2, área libre de 0.00 m2, TERCER PISO: UNA (1) unidad comercio (LOCAL 301) con un área construida de: 107.20 m2, área libre de 15.20 m2, ÁREA TOTAL CONSTRUIDA DE COMERCIO 345.60 m2, El índice de ocupación y el índice de construcción del proyecto aprobado, de conformidad al Acuerdo 100 del 2010.

TERCERO: Con fundamento en el decreto compilatorio 1077 del 2015, la vigencia de la presente resolución será: Artículo 2.2.6.1.2.4.1 Vigencia de las licencias: Las licencias de urbanización en las modalidades de desarrollo y reurbanización, las licencias de parcelación y las licencias de construcción en la modalidad de obra nueva, así como las revalidaciones de estas clases y modalidades, tendrán una vigencia de treinta y seis (36) meses prorrogables por una sola vez por un plazo adicional de doce (12) meses, contados a partir de la fecha en que queden en firme los actos administrativos por medio de los cuales fueron otorgadas.

CUARTO: Una vez concedida la licencia respectiva, el propietario se compromete al cumplimiento de las normas ambientales establecidas por la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga CDMB y el Plan de ordenamiento Territorial de Girón; así como responder por las compensaciones y perjuicios ambientales que causare la ejecución de la obra al entorno. El incumplimiento de las obligaciones y lineamientos ambientales establecidos para este proyecto implicará la aplicación de sanciones incluyendo la suspensión de la obra por parte de las entidades responsables. 

QUINTO: NOTIFICAR, personalmente el contenido de la presente Resolución al solicitante y a cualquier persona o autoridad que se haya hecho parte dentro del proceso licenciamiento, en los términos previstos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, de conformidad al art 2.2.6.1.2.3.7 del decreto 1077 del 2015. 

SEXTO: ORDENAR, la publicación de la presente resolución, de conformidad a lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del decreto 1077 del 2015: "De conformidad con el artículo 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, cuando, a juicio del curador urbano o la autoridad municipal o distrital competente, la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud de licencia afecte en forma directa e inmediata a terceros que no hayan intervenido en la actuación, se ordenará la publicación de la parte resolutiva de la licencia en un periódico de amplia circulación en el municipio o distrito donde se encuentren ubicados los inmuebles y en la página electrónica de la oficina que haya expedido la licencia, si cuentan con ella." 

SEPTIMO: El juego de Planos, Arquitectónicos, Estructurales, memorias de cálculo, memorias de elementos no estructurales, y demás documentos que hacen parte integral de la presente resolución, se entregaran al cumplimiento de la ejecutoria de la misma siempre y cuando se haya cumplido con la publicación ordenada en el numeral anterior. 

OCTAVO: ARTÍCULO 2.2.6.1.1.15 Decreto 1077 de 2015, modificado por el Decreto 1203 del 12 de Julio de 2017. Responsabilidad del titular de la licencia. El titular de la licencia o del permiso será el responsable de todas las obligaciones urbanísticas y arquitectónicas adquiridas con ocasión de su expedición y extracontractualmente por los perjuicios que se causaren a terceros en desarrollo de la misma. 

 

NOVENO: Que conforme al acta 115 del 31 de julio de 2013 de la COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMEN DE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES, creada por la ley 400 de 1997, considera que el diseño le corresponde a un consultor sobre aspectos de protección contra incendio y la responsabilidad del cumplimiento de los títulos Jy K, recaen en el constructor de acuerdo a lo dispuesto en el reglamento NSR-10 en especial los títulos J y K, para efectos de protección contra incendio y medios de evacuación.

 

DECIMO: AUTORICESE la edificación sin barreras físicas en el espacio público, manteniendo la continuidad de los andenes en las zonas de acceso vehicular con el manejo de pompeyanos en el sardinel de la vía vehicular e iniciando la rampa vehicular al interior del paramento de construcción. 

 

DECIMO PRIMERO: Contra la presente resolución proceden los recursos de reposición ante el suscrito Curador Urbano N°2 de Girón y en subsidio de apelación ante la secretaria de Ordenamiento Territorial del Municipio de Girón o en su defecto el alcalde, según los criterios de competencia que se hayan fijado en el municipio de Girón, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de ésta 

 

Expedida en Girón, a los 25 NOV 2022 

Notifíquese, Publíquese y Cúmplase. 

ARQ. CLAUDIO FERNANDO GARCIA REY 

Curador Urbano N° 2 Girón 

 

 


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