VIERNES, 19 DE ABRIL DE 2024

SUSCRÍBASE

Asuntos Legales, noticias legales, financieras y empresariales de Colombia y el mundo.

COOKIES

Este sitio web usa cookies propias y de terceros para analizar el tráfico, mejorar nuestros servicio y conocer el comportamiento del usuario. Para conocer más, acceda a nuestra Política de Cookies.

ENTENDIDO
EDICTOS Y AVISOS LEGALES

Encuentre toda la información de avisos de ley publicados en Asuntos Legales

RESOLUCIONES
EDICTO
1 de febrero de 2023

REOLUCION

RESOLUCION No. AACU2G- 0034 31012023 

RAD: N° 683072220497 DEL 02 DE DICIEMBRE DE 2022 

POR LA CUAL SE CONCEDE UNA LICENCIA URBANISTICA DE CONSTRUCCION EN MODALIDAD OBRA NUEVA EN SUELO URBANO

RESUELVE: 

PRIMERO: CONCEDER licencia urbanistica de construcción modalidad obra nueva en suelo urbano a CONSTRUCTORA MAXCASA S.A.S, NIT.900.654.996-2, representada legalmente por CLAUDIA LUCIA CORDERO CHAHIN identificada con numero de cedula 63.331.782, en calidad de propietarios del predio denominado LOTE DE TERRENO, DENOMINDAO SHABAT, UBICADO EN EL BARRIO BELLAVISTA del municipio de San Juan de Girón, identificado con los números prediales 01-01-0000-0339-0001-0-0000-0000, 01-01-0000-0339-0002-0-0000-0000, 01-01-0000-0339-0003-0-0000-0000, 0000, 01-01-0000-0339-0005-0-0000-0000, 01-01-0000-0339-0006-0-0000-0000 matrícula inmobiliaria No 300- 01-01-0000-0339-0004-0-0000- 459586. 

SEGUNDO: AUTORICESE: licencia urbanistica de construcción en modalidad obra nueva en suelo urbano, para un predio con un área bruta 459.88 m2, el cual presenta la siguiente descripción de proyecto: el predio está conformado por cuarenta (40) unidades de vivienda en diez (10) pisos adicionalmente se aprueban dos (2) sótanos que cuentan con uno (1) parqueadero para persona con discapacidad, tres (3) unidades de bicicleta, diez (10) Unidades de parqueo de carro y veintitrés (23) unidades de parqueo de motos, así: 

SOTANO 1: un (1) parqueadero para persona con discapacidad, cuatro (4) unidades de parqueaderos para carro y diez (10) unidades de parqueaderos para motos y tres (3) unidades de parqueadero para bicicletas, con un área construida de 310.20 m2, área libre de 159.68 m2; 

SOTANO 2: Una (1) unidad de vivienda para persona con discapacidad, seis (6) unidades de parqueadero para carros, trece (13) unidades de parqueadero para motos con un área construida de 289.23 m2, área no ocupada de 113.72 m2, área libre de 66.93 m2. 

PRIMER PISO: Cuatro (4) unidades vivienda con un área construida de 237.46 m2, área libre de 38.61 m2, SEGUNDO PISO: Cuatro (4) unidades de vivienda y Una (1) Zona social con un área construida de 289.00 m2, área libre de 0.00 m2, TERCER PISO: Cuatro (4) unidades de vivienda con un área construida de 216.95 m2, área libre de 0.00 m2, CUARTO PISO: Cuatro (4) unidades de vivienda con un área construida de 216.95 m2, área libre de 0.00 m2, QUINTO PISO: Cuatro (4) unidades de vivienda con un área construida de 216.95 m2, área libre de 0.00 m2, SEXTO PISO: Cuatro (4) unidades de vivienda con un área construida de 216.95 m2, área libre de 0.00 m2, SEPTIMO PISO: Cuatro (4) unidades de vivienda con un área construida de 216.95 m2, área libre de 0.00 m2, OCTAVO PISO: Cuatro (4) unidades de vivienda con un área construida de 185.36 m2, área libre de 31.59 m2, NOVENO PISO: Cuatro (4) unidades de vivienda con un área construida de 185.36 m2, área libre de 0.00 m2, DECIMO PISO: Tres (3) unidades de vivienda con un área construida de 123.15 m2, área libre de 62.21 m2, TOTAL AREA CONSTRUIDA DE 2771.44 m2, El Indice de ocupación 65% y el indice de construcción es 3.3 de conformidad al Acuerdo 100 del 2010. 

Parágrafo: teniendo en cuenta que el proyecto accede por los predios identificados con matricula 300-335519 y 300-335520 y números prediales 68307010103390008000 y 68307313103390009000 respectivamente, se cuenta con certificación emitida por la oficina de ordenamiento territorial donde se indica que los predios pertenecen al municipio en calidad de vías públicas. 

TERCERO: Con fundamento en el decreto compilatorio 1077 del 2015, la vigencia de la presente resolución será: Artículo 2.2.6.1.2.4.1 Vigencia de las licencias: Las licencias de urbanización en las modalidades de desarrollo y reurbanización, las licencias de parcelación y las licencias de construcción en la modalidad de obra nueva, así como las revalidaciones de estas clases y modalidades, tendrán una vigencia de treinta y seis (36) meses prorrogables por una sola vez por un plazo adicional de doce (12) meses, contados a partir de la fecha en que queden en firme los actos administrativos por medio de los cuales fueron otorgadas. 

CUARTO: Una vez concedida la licencia respectiva, el propietario se compromete al cumplimiento de las normas ambientales establecidas por la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga CDMB y el Plan de ordenamiento Territorial de Girón; así como responder por las compensaciones y perjuicios ambientales que causare la ejecución de la obra al entorno. El incumplimiento de las obligaciones y lineamientos ambientales establecidos para este proyecto implicará la aplicación de sanciones incluyendo la suspensión de la obra por parte de las entidades responsables. 

QUINTO: NOTIFICAR, personalmente el contenido de la presente Resolución al solicitante y a cualquier persona o autoridad que se haya hecho parte dentro del proceso licenciamiento, en los términos previstos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, de conformidad al art 2.2.6.1.2.3.7 del decreto 1077 del 2015. 

SEXTO: ORDENAR, la publicación de la presente resolución, de conformidad a lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del decreto 1077 del 2015: "De conformidad con el artículo 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, cuando, a juicio del curador urbano o la autoridad municipal o distrital competente, la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud de licencia afecte en forma directa e inmediata a terceros que no hayan intervenido en la actuación, se ordenará la publicación de la parte resolutiva de la licencia en un periódico de amplia circulación en el municipio o distrito donde se encuentren ubicados los inmuebles y en la página electrónica de la oficina que haya expedido la licencia, si cuentan con ella." 

SEPTIMO: El juego de Planos, Arquitectónicos, Estructurales, memorias de cálculo, memorias de elementos no estructurales, y demás documentos que hacen parte integral de la presente resolución, se entregaran al cumplimiento de la ejecutoria de la misma siempre y cuando se haya cumplido con la publicación ordenada en el numeral anterior. 

OCTAVO: ARTÍCULO 2.2.6.1.1.15 Decreto 1077 de 2015, modificado por el Decreto 1203 del 12 de Julio de 2017. Responsabilidad del titular de la licencia. El titular de la licencia o del permiso será el responsable de todas las obligaciones urbanísticas y arquitectónicas adquiridas con ocasión de su expedición y extracontractualmente por los perjuicios que se causaren a terceros en desarrollo de la misma. 

NOVENO: Que conforme al acta 115 del 31 de julio de 2013 de la COMISION ASESORA PERMANENTE PARA EL REGIMEN DE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES, creada por la ley 400 de 1997, considera que el diseño le corresponde a un consultor sobre aspectos de protección contra incendio y la responsabilidad del cumplimiento de los títulos J y K, recaen en el constructor de acuerdo a lo dispuesto en el reglamento NSR-10 en especial los títulos J y K, para efectos de protección contra incendio y medios de evacuación. 

DECIMO: AUTORICESE la edificación sin barreras físicas en el espacio público, manteniendo la continuidad de los andenes en las zonas de acceso vehicular con el manejo de pompeyanos en el sardinel de la via vehicular e iniciando la rampa vehicular al interior del paramento de construcción. 

DECIMO PRIMERO: Contra la presente resolución proceden los recursos de reposición ante el suscrito Curador Urbano N°2 de Girón y en subsidio de apelación ante la secretaria de Ordenamiento Territorial del Municipio de Girón o en su defecto el alcalde, según los criterios de competencia que se hayan fijado en el municipio de Girón, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de ésta. 

Expedida en Girón, a los 31 ENE 2023 

Notifíquese, Publiquese y Cúmplase. 

ARQ. CLAUDIO FERNANDO GARCIA 

Curador Urbano N° 2 Girón 

(HAY FIRMA) 


MÁS EDICTOS Y AVISOS LEGALES
NOTARIAS 2024-04-14

EDICTO  LA SUSCRITA NOTARIA SEGUNDA ENCARGADA DEL CÍRCULO DE FACATATIVA, DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA, REPUBLICA DE COLOMBIA  EMPLAZA:  A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la p ...

RESOLUCIONES 2024-04-19

RESOLUCION CURADURIA URBANA No. 2 DE GIRONARQ. CLAUDIO FERNANDO GARCIA REYRESOLUCION No. AACU2G- 0176 08 04 2024RAD: NO NU2-23-0362 DEL 21 DE DICIEMBRE DE 2023 POR LA CUAL SE CONCEDE AUTORIZACIÓN PARA MOVIMIENTO DE TIERRAS ENSUELO URBANO RESUELVE:PRIMERO: CONCEDER AUTORIZACION PARA REALIZAR M ...

AVISOS 2024-04-14

AVISO DIÓCESIS DE FONTIBÓN  TRIBUNAL ECLESIÁSTICO  Causa: Nulidad Matrimonial:  ROMERO ARÉVALO, María Francisca  CUBILLOS JARAMILLO, Julio Eduardo  EDICTO  El Vicario Judicial del Tribunal Eclesiástico de la Diócesis de F ...

EDICTOS 2024-04-14

AVISO NOTIFICACIÓN LIQUIDACIÓN PATRIMONIAL De conformidad con el AUTO INTERLOCUTORIO No. 414 de fecha 18 de marzo de 2024, emitido por el JUZGADO VEINTIOCHO CIVIL MUNICIPAL DE CALI – VALLE bajo la radicación No. 7600140030282024-00139-00, en el cual se decretó la ap ...

NOTARIAS 2024-04-18

EDICTO Notaría 1   Del Círculo de Tunja,  LIQUIDACIÓN DE HERENCIA  LA NOTARIA PRIMERA (1o)  EMPLAZA  Destinatarios: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir.  Termino: Diez (10 días).  Actuación: L ...

NOTARIAS 2024-04-19

EDICTO  EL(LA) SUSCRITO(A) NOTARIO(A) CUARENTA Y CUATRO (44) EN PROPIEDAD DEL CIRCULO DE BOGOTÁ, D.C.  EMPLAZA Y HACE SABER -  SOLICITUD LIQUIDACIÓN NOTARIAL DE LA SUCESIÓN INTESTADA DE LA CAUSANTE: ALCIRA QUEVEDO CAMACHO, identificada en vida con cédu ...