JUEVES, 18 DE ABRIL DE 2024

SUSCRÍBASE

Asuntos Legales, noticias legales, financieras y empresariales de Colombia y el mundo.

COOKIES

Este sitio web usa cookies propias y de terceros para analizar el tráfico, mejorar nuestros servicio y conocer el comportamiento del usuario. Para conocer más, acceda a nuestra Política de Cookies.

ENTENDIDO
EDICTOS Y AVISOS LEGALES

Encuentre toda la información de avisos de ley publicados en Asuntos Legales

RESOLUCIONES
EDICTO
30 de julio de 2021

RESOLUCION

CURADURIA URBANA No. 2 DE GIRON 

Arq. OSCAR ARIEL SUÁREZ CACUA RESOLUCION No. 68307-2-19- 0712  27072021 

RAD: N° 683072190712 DEL 14 DE AGOSTO DE 2019 

POR LA CUAL SE CONCEDE UNA LICENCIA URBANISTICA DE CONSTRUCCION EN-MODALIDAD OBRA  NUEVA EN SUELO RURAL 

RESUELVE:

PRIMERO: CONCEDER LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN - MODALIDAD OBRA NUEVA - en suelo rural a SAUL CABALLERO GALVIS, identificado(a) con la cédula de ciudadanía No 5.706.177, en su calidad de propietario(a) del predio ubicado en el sitio LLAMADO CHOCOITA - LOTE NUMERO (1), del municipio de San Juan Girón, identificado con el número predial 683070000000000210325000000000, matrícula inmobiliaria No 300-406672, ha(n) solicitado Licencia urbanística de Construcción, modalidad Obra Nueva, en suelo rural.

SEGUNDO: AUTORICESE: Licencia de Construcción - Modalidad Obra Nueva EN SUELO RURAL, para UNA (1) unidad de VIVIENDA en DOS (2) pisos, con un área de lote de 100.075 M2, así: PRIMER PISO: AREA CONSTRUIDA DE 29.60 M2. AREA LIBRE DE 70.475 M2. SEGUNDO PISO: AREA CONSTRUIDA DE 33,96 M2. TOTAL AREA CONSTRUIDA DE 63,56 M2.

TERCERO: Con fundamento en el decreto compilatorio 1077 del 2015, la vigencia de la presente resolución será: Artículo 2.2.6.1.2.4.1 Vigencia de las licencias: "Las licencias de urbanización, parcelación y construcción, tendrán una vigencia de Veinticuatro (24) meses prorrogables por una sola vez por un plazo adicional de doce (12) meses, contados a partir de la fecha en que quede en firme los actos administrativos por medio de los cuales fueron otorgadas. La solicitud de prórroga deberá formularse dentro de los treinta (30) días calendario, anteriores al vencimiento de la respectiva licencia, siempre que el urbanizador o constructor responsable certifique la iniciación de la obra". ----Parágrafo transitorio. (Modificado Artículo 1. Decreto 2013 de 2017). Hasta el 31 de diciembre del año 2019, los titulares de las licencias urbanísticas vigentes, salvo cuando se trate de licencia de urbanización en la modalidad de saneamiento, licencia de subdivision, licencia de parcelación para saneamiento y acto de reconocimiento, podrán solicitar una segunda prórroga por un plazo adicional de doce (12) meses contados a partir de la fecha de vencimiento de la primera prórroga. ---La solicitud de segunda prórroga deberá formularse dentro de los treinta (30) días calendario, anteriores al vencimiento de la primera prórroga, y su expedición procederá con la presentación de la solicitud por parte del titular. La segunda prórroga solo podrá concederse cumpliendo los requisitos señalados en este parágrafo y por una sola vez.

CUARTO: Una vez concedida la licencia respectiva, el propietario se compromete al cumplimiento de las normas ambientales establecidas por la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga CDMB y el Plan de ordenamiento Territorial de Giron; así como responder por las compensaciones y perjuicios ambientales que causare la ejecución de la obra al entorno. El incumplimiento de las obligaciones y lineamientos ambientales establecidos para este proyecto implicará la aplicación de sanciones incluyendo la suspensión de la obra por parte de las entidades responsables

QUINTO: NOTIFICAR, personalmente el contenido de la presente Resolución al solicitante y a cualquier persona o autoridad que se haya hecho parte dentro del proceso licenciamiento, en los términos previstos en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, de conformidad al art 2.2.6.1.2.3.7 del decreto 1077 del 2015.

SEXTO: ORDENAR, la publicación de la presente resolución, de conformidad a lo establecido en el artículo 2.2.6.1.2.3.8 del decreto 1077 del 2015: "De conformidad con el artículo 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, cuando, a juicio del curador urbano o la autoridad municipal o distrital competente, la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud de licencia afecte en forma directa e inmediata a terceros que no hayan intervenido en la actuación, se ordenará la publicación de la parte resolutiva de la licencia en un periódico de amplia circulación en el municipio o distrito donde se encuentren ubicados los inmuebles y en la página electrónica de la oficina que haya expedido la licencia, si cuentan con ella."

SEPTIMO: El juego de Planos, Arquitectónicos, urbanísticos. Estructurales, memorias de cálculo, memorias de elementos no estructurales y demás documentos que hacen parte integral de la presente resolución, se entregaran al cumplimiento de la ejecutoria de la misma siempre y cuando se haya cumplido con la publicacion ordenada en el numeral anterior.

OCTAVO: ARTÍCULO 2.2.6.1.1.15 Decreto 1077 de 2015. modificado por el Decreto 1203 del 12 de Julio de 2017. Responsabilidad del titular de la licencia. El titular de la licencia o del permiso será el responsable de todas las obligaciones urbanisticas y arquitectónicas adquiridas con ocasión de su expedición y extracontractualmente por los perjuicios que se causaren a terceros en desarrollo de la misma.

NOVENO: AUTORICESE la edificación sin barreras físicas en el espacio público, manteniendo la continuidad de los andenes en las zonas de acceso Vehicular con el manejo de pompeyanos en el sardinel de la via vehicular e iniciando la rampa vehicular al interior del paramento de construcción.

DECIMO: Contra la presente resolución proceden los recursos de reposición ante el suscrito Curador Urbano N°2 de Girón y en subsidio de apelación ante la oficina asesora de planeación o en su defecto el alcalde, según los criterios de competencia que se hayan fijado en el municipio de girón, dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de ésta.

Expedida en Girón, a los  27 JUL 2021

Notifiquese, Publiquese y Cúmplase.

ARQ – OSCAR ARIEL SUÁREZ CACUA

CURADOR URBANO N° 2 GIRÓN

Arg. Anderson Grimaldos Camacho

 Asp. Arquitectónicos

Ing. Sergio Abril Rodriguez

Asp. Estructurales(HAY FIRMA)


MÁS EDICTOS Y AVISOS LEGALES
EDICTOS 2024-04-14

AVISO. Numeral 2 del Artículo 564 del CGP. Se convoca a todos los acreedores de: IVÁN LEONARDO IRUITA ERAZO, CC. 1.084.551.730, quien fue admitido medianteAuto Interlocutorio de 26 de febrero 2024, proferido por EL JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE PASTO, numero de radicación 52 ...

AVISOS 2024-04-18 / 2024-05-03

AVISO LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEPARTAMENTAL DE SANTANDER -   FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO  HACEN   CONSTAR Que el día QUINCE (15) de SEPTIEMBRE de 2023, falleció en el Municipio de Floridablanca (Santander), la señora DEB ...

NOTARIAS 2024-04-17

EDICTO NOTARIA ONCE (11) DE BOGOTA  El Notario Once (11) encargado del Círculo de Bogotá, Distrito Capital. EMPLAZA, a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la Publicación del presente EDICTO en el tr ...

RESOLUCIONES 2024-04-18

RESOLUCION CURADURIA URBANA No. 2 DE GIRON Arq. CLAUDIO FERNANDO GARCIA REY  RESOLUCION No. AACU2G-0185 15 04 2024  RAD: N° 683072240071 DEL 13 DE MARZO DE 2024  POR LA CUAL SE CONCEDE UNA LICENCIA DE SUBDIVISION EN MODALIDAD DE SUBDIVISION RURAL RESUELVE:  PRIMERO: CONCEDER ...

AVISOS 2024-04-25

EDICTO AVISO. LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE SANTANDER – FONDO NACIONAL DE PRESTACIONES SOCIALES DEL MAGISTERIO HACEN CONSTAR: que el día 23 de marzo del año 2024 falleció en el municipio de Floridablanca (Santander). El Señor Luis María Jaimes Vega qui ...

NOTARIAS 2024-04-12

EDICTO  Notaría 2  DEL CÍRCULO DE FLORENCIA - CAQUETÁ  El Notario del círculo de Florencia, Caquetá, EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del p ...