Encuentre toda la información de avisos de ley publicados en Asuntos Legales
BÚSQUEDA
RESOLUCIONES
EDICTO
12 de octubre de 2021
RESOLUCIÓN N° 118
18 DE AGOSTO DEL 2021
“Por la cual se aprueba una reforma estatutaria a la entidad sin ánimo de lucro denominada
CORPORACIÓN COLEGIO COLOMBO HEBREO”
EL DIRECTOR DE INSPECCIÓN Y VIGILANCIA DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 115 de 1994, el Decreto Nacional 525 de 1990, Decreto Ley 2150 de 1995, el artículo 16 del Decreto Distrital 330 de 2008, modificado por el artículo 2 del Decreto Distrital 593 del 2 de noviembre de 2017, Decreto Distrital 848 de 2019 y,
CONSIDERANDO
Que, el artículo 30 del Decreto Distrital 530 de 2015, expedido por la Alcaldía Mayor de Bogotá, asignó a la Secretaría de Educación del Distrito, la expedición de resoluciones relativas a la reforma de estatutos solicitadas por las entidades sin ánimo de lucro con fines educativos, debidamente reconocidas.
Asimismo, el Decreto Distrital 059 de 1991 reguló entre otros aspectos, la inspección y vigilancia de las instituciones de utilidad común domiciliadas en Bogotá, así como también determinó las actividades que pueden desarrollarse en cumplimiento de esta función y los requisitos para solicitar la reforma de estatutos de las entidades sin ánimo de lucro con domicilio en Bogotá D.C.
En el mismo sentido, el artículo 17 del Decreto Distrital 848 de 2019 establece los requisitos que se deben acreditar para solicitar la reforma de estatutos, a saber:
17.1. Solicitud suscrita por el representante legal.
17.2. Copia del medio de convocatoria del máximo órgano social según los estatutos.
17.3. Actas, según estatutos, en las que conste la aprobación de las respectivas reformas, con firmas del presidente y del secretario de la respectiva reunión.
17.4. Estatutos que incluyan todas las modificaciones introducidas, con firmas del presidente y del secretario de la reunión en que se aprobaron las reformas.
17.5. Certificación actualizada expedida por el representante legal, o por el presidente de la respectiva reunión de elección, en la que certifique el número total de miembros que integran la ESAL y el número de afiliados asistentes a la reunión.
Mediante la Resolución No. 1891 del 28 de junio de 1958, expedida por el Ministerio de Justicia y reformas estatutarias aprobadas mediante Resolución No. 0453 del 31 de enero de 1969, expedida por el Ministerio de Justicia, Resolución No. 17196 del 13 de octubre de 1981, expedida por el Ministerio de Educación Nacional, Resolución No. 739 del 09 de octubre de 1991, expedida por la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., Resolución No. 1578 del 04 de mayo de 2006 y Resolución No. 002 del 04 de enero de 2010, expedidas por la Secretaría de Educación del Distrito, reconoció personería jurídica a la entidad denominada CORPORACIÓN COLEGIO COLOMBO HEBREO.
Que, la CORPORACIÓN COLEGIO COLOMBO HEBREO, mediante escrito radicado No E-2021-113554 del 27 de abril del 2021, solicitó la aprobación de reforma a los estatutos de la entidad en mención, efectuadas en reuniones de fechas 13 de febrero del 2020 y 24 de febrero de 2021.
La reforma está dirigida en principio a modificar un artículo de la entidad sin ánimo de lucro de CORPORACIÓN COLEGIO COLOMBO HEBREO sin alterar la esencia de sus objetivos.
Que, la reforma aprobada por la asamblea de la CORPORACIÓN COLEGIO COLOMBO HEBREO el 13 de febrero del 2020 y 24 de febrero de 2021, tuvo en cuenta las observaciones efectuadas por esta dirección mediante Oficio S-2019-218429 de fecha 02 de diciembre de 2019, frente a la solicitud presentada mediante Radicados No. E-2019-140136 de fecha 30 de agosto del 2020 y S- 2020-37 159 de fecha 28 de febrero del 2020, frente a la solicitud presentada mediante Radicados No. E-2020- 28984 del 20 de febrero de 2020.
Ahora, cumplidos los requisitos previstos en el artículo 17 del Decreto Distrital 848 de 2019 para la aprobación de reforma de estatutos, se procedería a estudiar de fondo el contenido de la propuesta de reforma del estatuto.
En concreto, esta Dirección verificó y estudió la información remitida por la CORPORACIÓN COLEGIO COLOMBO HEBREO, referente a la reforma de estatutos
aprobada por su máximo órgano de administración, evidenciando que la misma se ajusta a los requisitos establecidos por el decreto arriba mencionado, y que el trámite de la misma se hizo de conformidad con los estatutos de la entidad; por lo que procederá a aprobar la reforma de estatutos avalada por la Asamblea, decisión que consta en Actas de fecha 13 de febrero del 2020 y 24 de febrero de 2021.
Que el artículo 4 del Decreto Distrital 848 de 2019, que derogó el Decreto Distrital 530 de 2015, asignó a la Secretaría de Educación del Distrito, la expedición de resoluciones relativas a la reforma de estatutos solicitadas por las entidades sin ánimo de lucro cuyo objeto social sea la educación formal y la educación para el trabajo y desarrollo humano en los términos de las Leyes 115 de 1994 y 715 de 2001, el Decreto Nacional 1075 de 2015 y el Decreto Distrital 421 de 2019 o las normas que las sustituyan, adicionen o modifiquen.
Que, de acuerdo con el artículo 8 del Decreto Distrital 848 de 2019, la presente resolución debe publicarse en el Diario Oficial en la Gaceta Distrital o en un diario de amplia circulación según corresponda, a costa del interesado y un ejemplar de la correspondiente publicación deberá ser aportado por los interesados a efectos de acreditar el cumplimiento de tal requisito y con el fin de obtener las inscripciones, certificaciones y demás actuaciones que se soliciten.
Por lo anterior y en mérito de lo expuesto,
RESUELVE
PRIMERO: APROBAR la reforma estatutaria adoptada por la Asamblea General de fecha 13 de febrero del 2020 y 24 de febrero de 2021, de la entidad CORPORACIÓN COLEGIO COLOMBO HEBREO, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de este proveído.
SEGUNDO: ADVERTIR A LA ENTIDAD, so pena de las sanciones legales pertinentes, que debe desarrollar su objeto en los términos de los estatutos aquí aprobados, observando los preceptos que le impone la ley y el orden público, sin desvirtuar su naturaleza jurídica sin ánimo de lucro y que la presente resolución no constituye permiso o licencia de funcionamiento.
TERCERO: NOTIFICAR, el contenido del presente acto administrativo al representante legal de la CORPORACIÓN COLEGIO COLOMBO HEBREO, o a quien haga sus veces, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 67 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
CUARTO: ORDENAR la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, en la Gaceta Distrital o en un diario de amplia circulación y allegar un ejemplar a la Dirección de Inspección y Vigilancia de la Secretaría de Educación del Distrito para su respectivo archivo, todo lo anterior a costa de la CORPORACIÓN COLEGIO COLOMBO HEBREO, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del presente acto administrativo.
QUINTO: Contra el presente acto administrativo, procede el recurso de reposición ante el Director de Inspección y Vigilancia de la Secretaría de Educación, de conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la Ley 1437 de 2011.
SEXTO: La presente resolución surte efectos a partir de la fecha de su ejecutoria, de conformidad con lo señalado en el artículo 87 de la Ley 1437 de 2011.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
HERNÁN TRUJILLO TOVAR
Director de Inspección y Vigilancia
NOMBRE //CARGO //LABOR //FIRMA
Gonzalo Andrés Díaz Martínez/
Abogado, Dirección de Inspección y Vigilancia
Revisó: /
Bibiana Andrea Chirivi Martinez //
Abogada, Dirección de Inspección y Vigilancia
Proyectó:
(HAY FIRMAS)
NOTARIAS 2024-04-19
EDICTO La suscrita Notaria Cuarenta y Uno (41) encargada del Círculo de Bogotá D.C., EMPLAZA a todas las personas que se crean con derecho a intervenir en el procedimiento notarial de LIQUIDACIÓN DE HERENCIA POR CAUSA DE MUERTE de la señora MARIA DEL CARMEN HERNÁND ...
NOTARIAS 2024-04-14
EDICTO NOTARIA UNICA DEL CÍRCULO DE AGRADO HUILA EL NOTARIO UNICO DEL CIRCULO DE AGRADO EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días días siguientes a la publicación del presente ...
NOTARIAS 2024-04-14
EDICTO REPÚBLICA DE COLOMBIA NOTARÍA ÚNICA DEL CÍRCULO DE MELGAR (TOLIMA) N.I.T: 65.498.061-3- CÓDIGO: 734490001 - TEL: 2452273 LA SUSCRITA NOTARIA UNICA DEL CÍRCULO DE MELGAR (TOLIMA) EMPLAZA A todas las personas que se conside ...
NOTARIAS 2024-04-14
EDICTO NOTARIA SEPTIMA (7a) DE BOGOTA D.C. CALLE 12 B No. 8-39 INT 3,46 Y 7 TEL. 601 - 282 65 65 EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente EDICTO, en e ...
NOTARIAS 2024-04-21
EDICTO ANA MONTES CALDERON Notaria Cuarta del Círculo de Villavicencio Emplaza y hace saber: Liquidación Notarial de Herencia. Causante: SINAI TURRIAGO TURRIAGO, (Q.E.P.D.) y ELOISA VILLALOBOS DE TURRIAGO (Q.E.P.D.) En la ciudad de Villavicencio, Capital del Departamento del Meta, Rep& ...
RESOLUCIONES 2024-04-16
RESOLUCIÓN CURADURIA URBANA No. 2 DE GIRON Arq. CLAUDIO FERNANDO GARCIA REY RESOLUCION No. AACU2G-0172 05 04 2024 RAD.: N° 683072230416 DEL 29 DE NOVIEMBRE DE 2023 POR LA CUAL SE CONCEDE EL ACTO DE RECONOCIMIENTO DE LA EXISTENCIA DE UNA EDIFICACION EN SUELO URB ...