Por esta razón hoy me encuentro en Santa Marta acompañando a Luis Arnulfo a su ceremonia de graduación, presenciando cómo una persona ciega culmina una lucha por graduarse cómo profesional y a su vez, soy testigo del inicio de un largo camino en el mundo laboral de una persona con discapacidad.
Recuerdo que la Corte Constitucional en el año 2011 le pidió un concepto jurídico a la Universidad Sergio Arboleda y el Señor Decano de la Escuela de Derecho José María del Castillo, me remitió esta solicitud como director del Grupo de Investigación en Derechos Humanos De Las Casas.
El caso era complejo, pues en el reglamento estudiantil de la Universidad del Magdalena, existían becas a favor de personas en situación de vulnerabilidad, pero no para personas con discapacidad como el caso de Luis Arnulfo.
Es decir, que yo como jurista tenía que ponderar la autonomía universitaria artículo 69 de la Constitución, versus la protección especial de las personas con discapacidad del artículo 13 constitucional y la misma cláusula de Estado de Derecho con énfasis en lo social.
Así recordé que en mis primeros años como profesor universitario en la Universidad del Rosario, usaba como material de estudio la sentencia T-002 de 1992, que expone que a través de la educación también se realizan otros derechos fundamentales como la igualdad y el trabajo.
Tengo la convicción como abogado invidente y habiéndome podido doctorar en la Universidad Carlos III de Madrid España, que la educación, realiza el valor y principio material de la igualdad, puesto que en la medida en que la persona con discapacidad tenga igualdad de posibilidades educativas, tendrá igualdad de oportunidades en la vida para su realización como persona.
Por estas razones me la jugué en aquella intervención ante la Corte Constitucional, como consta en la propia Sentencia T-551 de 2011, argumentando que por encima de la autonomía universitaria, prevalece la protección especial que nuestro Estado Social de Derecho les garantiza a las personas con discapacidad.
Este caso me ha marcado la vida, pues todo esto sirvió para que la universidad del Magdalena ahora sea ejemplo de educación inclusiva, que hoy acudamos a la ceremonia de graduación del sicólogo Luis Arnulfo Quintero Botello y para que la Corte se luciera emitiendo un fallo que constituye una pieza jurídica de estudio para las personas con discapacidad.
Dijo la Corte Constitucional en la Sentencia T-551 de 2011, que “negar a las personas con discapacidades el derecho a acceder y permanecer en el sistema público educativo, vulnera el núcleo esencial del derecho a la educación y, además, es una práctica segregacionista que contradice el contenido del derecho a la igualdad material a favor de personas que históricamente han sido marginadas y excluidas de la sociedad”.
En suma, la Corte Constitucional en la Sentencia T-551 de 2011, le ordenó a la Universidad del Magdalena otorgar una beca al entonces estudiante Luis Arnulfo Quintero, que hoy es el primer profesional en sicología de esta prestigiosa universidad, a quien le auguramos éxitos en su nueva vida laboral.
En conclusión, felicito al sicólogo Luis Arnulfo Quintero, a la Universidad del Magdalena que guía el modelo de educación inclusiva de la institución y desde luego al Señor Rector Ruthber Escorcia Caballero, que asumió con gallardía esta decisión.
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