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  • Luz Karime Grajales Cardona

viernes, 25 de octubre de 2019

La marca solicitante logró demostrar que el signo opositor ha coexistido anteriormente con otras marcas que contienen expresiones similares

La marca Enbanca.co logró registrarse en la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) pese a la oposición presentada por el Banco Comercial Av Villas que defendía su marca Ban.co

La marca concedida Enbanca.co identificará servicios financieros para promover la inclusión y permitir que las personas naturales y las pequeñas y medianas empresas logren acceder a créditos de forma fácil y rápida.

El Banco Av Villas, con su signo Ban.co se opuso a la solicitud de registro por considerar que la marca Enbanca.co carece de distintividad y por lo tanto sería confundible con su signo.

LOS CONTRASTES

  • Julio SeneorDirector de Seneor Abogados

    “Estoy de acuerdo con el fallo. El hecho de que tengan Enbanca no creo que genere una confundibilidad. Hay una distintividad importante como manifiesta la SIC y no creo que haya similitud ortográfica”

La entidad opositora también señaló que adicionar dos letras a su aspecto denominativo no es suficiente para evitar el riesgo de confusión al enfrentarse con Ban.co. Al mismo tiempo, resaltaron la distintividad de su familia de marcas y aseguraron que conceder el registro ocasionaría un riesgo de confusión debido a que los signos enfrentados comparten las expresiones ‘Ban’ y ‘Co’.

Por eso, Juan Esteban Saldarriaga buscó defender el registro de la marca Enbanca.co afirmando que la sílaba inicial otorga suficiente distintividad al signo. También aseguró que el Banco Av Villas no puede ser el único en usar la expresión, como se especifica el registro que le concede la propiedad de la misma.

Al mismo tiempo, el solicitante buscó demostrar que la marca opositora coexiste con otras expresiones similares a su con junto marcario y por lo tanto podría competir pacíficamente con el registro del signo Enbanca.co.

De esta forma, la Superintendencia decidió conceder el registro de Enbanca.co porque consideró que no habría inconveniente para que ambos signos coexistieran, afirmando que “si bien los signos comparados Enbanca.co/Ban.co comparten cierta semejanza, al compartir las expresiones Banca y Banco, analizándolos en su conjunto, se encuentra que cada uno de ellos son de naturaleza evocativa”

Es decir, que para la SIC las diferencias encontradas en el análisis fueron superiores a las semejanzas que se reconocen, y aseguran en la resolución “se componen de expresiones que se encuentran ligadas a los servicios que indican en sus coberturas, por lo que estos no son apropiables por ningún empresario del sector en el que se desempeñan”

Así mismo, se descartó el riesgo de confusión o asociación que argumentaba Av Villas como opositora, debido a que la Superindustria consideró que existían elementos diferenciadores suficientes para conceder el registro “se encuentra que cada una de las marcas cuenta con elementos adicionales que generan que al ser visualizados, produzcan una impresión totalmente diferente en el consumidor yen caso de coexistencia no generarían riesgo de confusión ni de asociación”.

Finalmente, la decisión permitirá que el consumidor acceda a otros servicios financieros y que ambas marcas compitan en el mercado financiero.

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