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  • Johnny Giraldo López

martes, 13 de marzo de 2018

La sic consideró que el nombre solicitado no era genérico

El empresario Santiago Alejandro García protagonizó una batalla en los despachos de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) contra La Fábrica de Especias El Rey S.A.

García quería registrar el nombre El Gran Condimento (mixto) antes la Dirección de Signos Distintivos en la clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza para condimentos y aderezos en los alimentos.

El Rey es uno de los jugadores más curtidos en la arena de la SIC. Es la segunda compañía que más enfrentó pleitos el año pasado después de la Federación Nacional de Cafeteros. Según el director de signos, Juan Manuel Serrano, esto se debe a que su nombre es muy apetecido por otros porque expresa superioridad frente a los demás productos del mismo mercado.

La opositora es famosa en Colombia por ser la mayor distribuidora de mezclas y especias para caldos, guisos, condimentos en pastas y carnes.

Los abogados de la condimentera se enteraron de la intención del empresario y se opusieron a la diligencia. Para ello, se acogieron a los literales b) y f) del artículo 135 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina. Según estas normas, no se pueden inscribir signos que carezcan de distintividad y que consistan solo en una indicación genérica o técnica del producto solicitado.

Santiago insistió en la intención de inscribir su producto y contestó que El Gran Condimento tiene la fuerza necesaria para diferenciarse de los demás por el logo que acompaña el nombre. La imagen era una olla de barro encerrada en un círculo café despidiendo humo.

La experta Ángela Amaya, abogada de Amaya Propiedad Intelectual, vio el logotipo y expresó que “el signo solicitado, El Gran Condimento, cuenta con suficientes elementos conceptuales y figurativos que en su conjunto le otorgan distintividad, permitiéndole al público consumidor individualizarlo y caracterizarlo de otros”.

La Dirección de Signos pidió a sus investigadores analizar los argumentos para deliberar quien tenía la razón. Los encargados reconocieron que las partes ‘El Gran’ y ‘Condimento’, son de naturaleza laudatoria, pero, llegaron a la conclusión que el nombre sumado a la imagen descrita, tiene todos los elementos necesarios para no ser genérico y crear una recordación específica en los consumidores del mercado real sin confundir a ningún sector sobre su origen empresarial.

LOS CONTRASTES

  • Édgar Iván León RobayoProfesor de derecho en la Universidad del Rosario

    “La distintividad no está dada por cada uno de los componentes del signo, sino por la conformación que de ellos ha hecho el empresario. En tal medida, su incorporación en conjunto hace de ella un signo”.

  • Ángela AmayaSocia de Amaya Propiedad Intelectual

    “El signo solicitado, El Gran Condimento, cuenta con suficientes elementos conceptuales y figurativos que en su conjunto le otorgan distintividad, permitiéndole al público consumidor individualizarlo”.

Édgar Iván León, profesor de jurisprudencia de la Universidad del Rosario dijo que “la distintividad no está dada por cada uno de los componentes del signo, sino por la conformación que de ellos ha hecho el empresario. En tal medida, su incorporación en conjunto hace de ella un símbolo propio, diferente de cualquier otro que exista en el mercado para identificar los productos ofrecidos por la empresa y la marca”.

La Dirección le dio la razón a García, pero aclaró que la expresión que aparece en su nominación no es apropiable porque es genérica. Por estos motivos, la entidad le concedió el registro al empresario a todo su conjunto marcario por los próximos 10 años y declaró infundada la oposición de El Rey.

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