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  • Gabriel Forero Oliveros

miércoles, 31 de mayo de 2017

La disputa se libró debido a que la empresa de alimentos intentó oponerse al registro de la marca mixta ‘artesano’ que había sido solicitada por Carlos Galkiewicz para distinguir productos de la clase 29 de la Clasificación Internacional de Niza: quesos. Sin embargo, el despacho encargado de la propiedad industrial declaró infundados los argumentos y decidió entregar la inscripción por medio de la resolución número 28392 del 23 de mayo de este año.

En un escrito presentado a la Dirección de Signos Distintivos de la SIC, los defensores de Alpina solicitaron revisar la concesión de la marca mixta porque carecía de distintividad ya que, según la resolución número 41641 la Superintendencia identificó que “la palabra ‘Artesano’ es una expresión de libre utilización, por lo que la persona que decide incluirla en su marca, debe tolerar que otros la reproduzcan”. 

Esto, entre otros argumentos como el que el logo del solicitante, que usa una figura de un queso redondo, que “podría corresponder a cualquier tipo”, llevaron a que se hiciera un estudio de registrabilidad para resolver el recurso de apelación interpuesto según el artículo 80 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Tras haber realizado el estudio de la expresión, el despacho de la Superindustria indicó que el signo solicitado “ostenta distintividad toda vez que la fuerza distintiva intrínseca del mismo hace que sea susceptible de identificar productos y ser asociado por el consumidor con su respectivo origen empresarial”.

La decisión se generó debido a que el signo, al estar compuesto por piezas gráficas y de la palabra ‘artesano’, obtuvo la suficiente fuerza distintiva necesaria a pesar de que “son de uso común, y está conformado por otros elementos gráficos, que no son de necesaria utilización por parte de comerciantes o competidores en el mercado”, apuntó la SIC.

Para Luis Ángel Madrid, experto en propiedad industrial de la Universidad Sergio Arboleda, la marca se pudo registrar porque se observó un signo distintivo en un conjunto marcario que hacía que se escapara de la causal de irregistrabilidad, por lo que posteriormente se concedió a pesar de que en el mercado ya hay marcas con la expresión artesano.

Según la dirección, este signo en conjunto permite al consumidor generar recordación de un determinado origen empresarial; no obstante lo que se protege es su integridad y la combinación de todas las piezas juntas, razón por la cual Carlos Galkiewicz no podrá oponerse a marcas que contemplen un registro de la expresión de forma aislada.

Antecedentes

De acuerdo con el profesor del área de derecho privado de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de la Sabana Juan Carlos Martínez, “se concedió una marca categorizada como débil, cuyo titular deberá soporta el uso de cada uno de los elementos configurantes, sin que por ello haya infracción en un uso ilegitimo de la marca”. Además, frente a la decisión no habrá recurso de apelación.

La opinión

Juan Carlos Martínez Salcedo
Profesor del área de derecho privado Universidad de la Sabana
“La Superintendencia concede el registro de una marca cuyos elementos configurantes, individualmente considerados, son inapropiables en exclusiva, pues cada uno de ellos es de uso común”.

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