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  • Colprensa

jueves, 17 de julio de 2014

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia condenó a 17 años de prisión y al pago de una sanción económica de $30.000 millones al exministro de Agricultura, Andrés Felipe Arias, por su responsabilidad en el escándalo de Agro Ingreso Seguro (AIS).

La Sala encontró a Arias responsable de los delitos de celebración de contratos sin el cumplimiento de los requisitos legales y peculado por apropiación a favor de terceros.

Adicionalmente, dictó orden de captura en contra del exministro. El fallo le negó la detención domiciliaria.

Des las 8 de la mañana de ayer comenzó la lectura de la sentencia condenatoria de Arias y terminó al mediodía.

La Sala anunció el pasado 3 de julio que encontró a Arias responsable de los delitos de celebración de contratos sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación en favor de terceros.

En audiencia, la magistrada ponente, María del Rosario González, leyó la parte resolutiva de la sentencia que tiene 400 folios, sin la presencia de Arias quien, según confirmó la Cancillería, se encuentra en la ciudad de Miami en los Estados Unidos. Igualmente, tampoco asistió a la diligencia el abogado principal de Arias, Jorge Aníbal Gómez Gallego.

Fraccionamiento de predios
Arias fue procesado por presuntas irregularidades relacionadas con los convenios 03 de 2007, 055 de 2008 y 052 de 2009, celebrados con el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (Iica) de 2007 a 2009, por valor aproximado de $280.000 millones.

La magistrada apuntó que el exministro tenía conocimiento del fraccionamiento de predios que se podía presentar a fin de que un terreno recibiera más de un subsidio de Agro Ingreso Seguro.

“Era tan evidente la existencia de este fraccionamiento, que desde la presentación de las propuestas podía advertirse cómo estas se referían a un mismo predio, situación que no originó reacción alguna por parte del titular de la cartera de Agricultura, porque su objetivo era ubicar los subsidios en determinados sectores”, leyó la magistrada.

En ese sentido, la Sala estimó que Arias, con su actuación, favoreció a familias de la Costa Caribe y que no hizo nada a pesar de la detallada intervención que hizo en todo el proceso de convocatoria para la asignación de los subsidios.

No era ciencia y tecnología
La Sala Penal estimó que Arias “soslayó la regla general” en materia de contratación al celebrar los convenios 003 de 2007, 055 de 2008 y 052 de 2009 con el Iica de manera directa y no mediante licitación y concurso público “sin que mediara razón distinta a su interés de iniciar cuanto antes el programa y ejecutar los recursos obtenidos a través de su gestión”.

De acuerdo con la Sala, Arias no realizó los estudios necesarios para establecer la conveniencia de esa contratación bajo la modalidad de ciencia y tecnología, cuando el desarrollo de las convocatorias de riego y drenaje no tenía ese fin.

Esto es vital en el entendido que el servidor público tiene el deber de vigilar por los principios de la contratación pública en observancia del principio de economía ya que “la contratación no puede ser una aventura” y se debe evitar el despilfarro de los recursos públicos.

No hay peculado a favor de Iica
A pesar de la condena, la Sala encontró que no es responsable del delito de peculado por apropiación en favor del Iica, al estimar que no hay material probatorio suficiente para indicar que hubo un segundo pago por parte del Ministerio a esa entidad en los convenios 003 de 2007, 055 de 2008 y 052 de 2009, en los rubros de divulgación, administración y operación.

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