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  • Sebastián Montes

miércoles, 2 de mayo de 2018

Se requiere tener una declaración juramentada del menor

La Superintendencia de Notariado y Registro (SNR) anunció el establecimiento del procedimiento notarial que permitirá a los menores de edad realizar el cambio de sexo en su registro civil si así lo desean, de acuerdo a la directriz emitida por la Corte Constitucional el pasado marzo.

“Hemos emitido la instrucción administrativa correspondiente. Estamos cumpliendo un mandato de regulación ordenado por la Corte”, aseguró el superintendente de Notariado y Registro, Jairo Alonso Mesa, citado en un comunicado de su despacho.

Entre los requisitos para acceder a este servicio se encuentran tener menos de 17 años de edad y presentar documentos como la copia del Registro Civil de Nacimiento, la Tarjeta de Identidad y una declaración juramentada donde se exprese la voluntad de realizar el cambio de sexo de la persona interesada y de sus padres, o de la persona que ejerza la patria potestad para ese momento.

El funcionario añadió que uno de los propósitos principales de esta medida es reconocer el derecho al libre desarrollo de la personalidad a los menores de edad, pues aseguró que “estos jóvenes pueden adoptar decisiones orientadas hacia la construcción de su identidad sexual y de género y, con base en ello, establecer su proyecto de vida”.

Otras entidades involucradas en este procedimiento son la Registraduría Nacional del Estado Civil, el Ministerio del Interior y el Ministerio de Justicia, agregó la información.

De acuerdo con las cifras de la institución, 766 colombianos mayores de edad se presentaron a las notarías entre 2016 y 2018 para solicitar cambios de sexo. Además, por cada tres hombres que modifican su condición sexual, solo una mujer lo hace. Aún no hay estadísticas sobre menores de edad pero se estarán actualizando.

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