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Actualidad

Baja la tarifa de sociedades vigiladas

10 de junio de 2016

María Camila Suárez Peña


Canal de noticias de Asuntos Legales

Para las sociedades que están dentro del régimen de insolvencia empresarial, se estableció un valor de $689.455, equivalentes a un salario mínimo legal mensual vigente.

“En ningún caso, la contribución podrá exceder el 1% del total de las contribuciones, ni ser inferior a un salario mínimo legal mensual vigente”, indicó la entidad a través de un comunicado de prensa. En tanto, para las sociedades que están en reorganización empresarial, en acuerdo de restructuración, en concordato y en liquidación, se estableció un valor de $689.455, equivalentes también a un salario mínimo legal mensual vigente.

La Supersociedades señaló en el documento que el pago de la contribución deberá efectuarse en  los 20 días calendario, siguientes a la fecha de expedición de la cuenta de cobro y advirtió que si no se cumple este tiempo, la entidad “ causará los intereses de mora aplicables al impuesto de renta y complementarios”.

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