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Actualidad

CNE tiene 600 casos que debe resolver antes de las elecciones del año entrante

22 de julio de 2013

Colprensa


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La magistrada antioqueña Nora Tapia es de las pocas paisas que se siente tan cómoda en Bogotá como para pensar en quedarse de manera permanente. Ella preside desde hace dos meses el Consejo Nacional Electoral (CNE) luego de la renuncia del magistrado Carlos Ballesteros.

Consciente de los retos que debe enfrentar esta corporación, pues se avecinan periodos electorales, le preocupa que el Congreso aún no elija al magistrado que hace falta para volver a completar los 9 miembros con los que el CNE puede lograr con mayor facilidad las mayorías absolutas para avanzar en sus decisiones.

En diálogo con Colprensa, la magistrada habló sobre la personería que recuperó la Unión Patriótica, el argumento que empleó el Consejo de Estado para devolvérsela y sobre el control a los gastos de los grupos significativos que buscan participar en las elecciones a través de la recolección de firmas.

¿Cómo se afecta el CNE con la demora del Congreso para elegir al magistrado que hace falta?
Nosotros tenemos unas mayorías para decidir. La mayoría para deliberar es de la mitad más uno, luego con seis personas podemos deliberar. Pero para decidir necesitamos las dos terceras partes, es decir, seis votos. Nos hemos ido quedando cortos en la toma de decisiones porque somos ocho y, generalmente, uno o dos magistrados están en disenso de lo que la mayoría considera. Eso hace que las decisiones de nosotros sean más lentas. En este momento todavía tenemos investigaciones del año 2011 y muchas de ellas, se están viendo truncadas porque no tenemos los votos necesarios. Nos va a coger el proceso electoral del año entrante todavía con investigaciones de 2011 en curso, con el riesgo de que nos caduquen las acciones pues luego del tercer año de cometida la falta, a la investigación se le vencen los términos.

¿Cuántas investigaciones del 2011 hay en curso?
Debemos tener, aproximadamente, 600 casos entre unas y otras actuaciones administrativas que necesitamos resolver antes del año entrante. Y si a eso se le suma que en diciembre viene el tema de solicitud de revocatoria de candidatos por estar incursos en causales de inhabilidad, que son términos muy ágiles; tenemos que estar muy al orden del día hacia Octubre de este año. Por eso, necesitamos muy urgente el otro magistrado.

¿Cuáles son las sanciones a las que está sujeto un candidato por instalar propaganda antes de los términos estipulados en la ley?
Las sanciones son de tipo pecunario, es decir, está sujeto a una multa que oscila entre 11 millones y $110 millones, aproximadamente. Uno a veces supone, y esto es una suposición mía, que a veces un candidato cuantifica, como parte de sus gastos de campaña, el pago de la multa.

La Personería de la UP
¿Con el fallo del Consejo de Estado que le devolvió la personería a la Unión Patriótica, este partido ya es reconocido por el CNE?

No. El fallo no está ejecutoriado y no conocemos su contenido. Nosotros tendríamos que producir un acto jurídico que no podemos expedir hasta que conozcamos la sentencia y esta no esté ejecutoriada. Sin embargo, en el despacho tenemos dos solicitudes de la UP de personas distintas. Unos que dicen ser los representantes de la UP y otros que alegan lo mismo y desconocen a los primeros. Los dos solicitan que se les reconozcan todos los derechos y entre esos, el de postular candidatos. Luego, habrá que hacer el estudio correspondiente y para decidir sobre el grupo que será reconocido necesitamos reconocer el fallo y que esté en firme.

¿Qué opinión le merece que el Consejo de Estado le devuelva la personería a la UP bajo el argumento el CNE se la quitó incurriendo en desviación de poder?
Personalmente conozco vía prensa la decisión de la sección quinta en relación con lo de la UP. El Consejo, cualquiera que fueran los magistrados de ese entonces, no incurrió en desviación de poder porque lo que hizo fue aplicar la constitución y la ley. La Ley 130 decía que un partido que no haya tenido 50.000 votos perdería la personería jurídica. No podía, pues, pretender el Consejo de Estado sección quinta que el CNE desconociera la ley so pretexto de que estaban siendo exterminados los integrantes de la UP, hecho muy lamentable, pero que por demás se viene a reconocer y a obtener pruebas años después de la pérdida de la personería. No podía, so pretexto de invocar situaciones reales que no se conocían al momento de la pérdida de la personería, y so pretexto de que se estarían violando derechos fundamentales.’

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