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  • Colprensa

martes, 19 de febrero de 2019

La Sección Primera del Consejo de Estado levantó la suspensión de la norma

La Sección Primera del Consejo de Estado levantó la suspensión de la norma que permitía a los miembros de la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final (CSIVI), conformada por las Farc y el Gobierno, revisar los proyectos de decreto, de ley o de reforma constitucional antes de que el presidente las sancionara, esto con el objetivo de que se ajustaran al acuerdo de paz firmado en La Habana.

Así las cosas, para el Consejo de Estado esta función de constatación de los desarrollos normativos del Acuerdo Final, desarrollada en el Decreto reglamentario, guarda total coherencia con lo acordado entre el presidente de la República y el Comandante del Estado Mayor Central de las FARC EP, teniendo en cuenta que, conforme lo señaló la Corte Constitucional en la sentencia el Acuerdo Final de Paz es el referente de desarrollo y validez de las normas de implementación.

Bajo ese entendido, "a juicio de la Sala, dicha función consiste en la comprobación de que el contenido de los proyectos de actos legislativos, de ley y de decretos se ajusten a lo acordado por las partes, lo cual no impide que el Congreso de la República pueda deliberar y realizar la modificaciones que considere pertinentes, siempre y cuando respete los pilares fundamentales del Acuerdo".

Advirtió la sala que "la función de verificación atribuida a la CSIVI debe cumplirse de acuerdo al principio de colaboración armónica para el propósito de lograr una paz estable y duradera y debe entenderse en aplicación de los principios de buena fe y conexidad para la implementación del Acuerdo Final analizados por la Corte Constitucional en el fallo traído a colación".

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