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  • José David Castilla

jueves, 18 de abril de 2019

Expertos recomiendan realizar revisiones anuales a su registro

Una de las situaciones más complejas para las personas que cumplen con la edad y el tiempo de cotización es contrastar su historia laboral ante los fondos de pensiones tanto públicos como privados.

Según las experiencias referenciadas por varias firmas de abogados, el cambio en los fondos de pensión y la transformación del Instituto de Seguro Social a Colpensiones trajo consigo una serie de complicaciones en las bases de datos de miles de colombianos, quienes han visto cómo varios años de cotización no se encuentran en los reportes, disminuyendo el monto pensional o, en el peor de los casos, evitando que la persona alcance este beneficio de protección social.

Luis Montenegro, gerente de proyectos en Asofondos explicó que “en general el faltante es de los tiempos en los que se cotizaba en el ISS. En ese caso, las personas deben tener una noción sobre el lugar en el que trabajó y el Nit de la empresa”.

Para poder revertir esta situación las autoridades han organizado una serie de procedimientos para que los usuarios puedan reclamar de la forma más rápidamente posible:

Antes de iniciar cualquier tipo de proceso, las personas deben solicitar la historia laboral ante el fondo de pensión en el que se encuentren inscritos. Después de constatar que una porción de la historia está incompleta deben realizar la reclamación lo antes posible.

El primer paso es ante el trabajador informando el período que no está referenciado en la historia laboral.

Pablo Hernández Hussein’s, abogado experto en derecho laboral y seguridad social en Scola, recomendó que “en caso de evidenciar el vacío, se deberá solicitar la corrección adjuntando los soportes de las cotizaciones, que deberán ser entregados por el empleador obligado a realizar los aportes”.

Tan pronto se cuente con las pruebas de los aportes, el afiliado deberá acercarse ante el fondo (Colpensiones o un fondo privado) y adjuntar los soportes que demuestren que la historia laboral está incompleta.

En caso de que el empleador no dé los soportes de la relación laboral, el afiliado puede exponerlo ante entidades como la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscal (Ugpp) o el Ministerio de Trabajo para que estas entidades realicen el procedimiento sancionatorio pertinente. Según la Ley, por estas conductas podrían pagar una multa entre uno a 5.000 salarios mínimos mensuales.

Tan pronto como se haga este proceso, las entidades tendrán un plazo máximo de cuatro meses para responder y resolver las inquietudes de los solicitantes. Andrés Felipe Pérez, socio laboral de Quintero & Quintero Abogados, explicó que en esta clase de coyunturas “la ley estableció un término perentorio para evitar al máximo las afectaciones a la población pensionada”. La probabilidad de recuperar la historia laboral puede ser mínima si no se tienen soportes de las relaciones laborales o si las empresas en las que trabajó fueron liquidadas.

Para prevenir esta situación, Felipe Álvarez, socio laboralista de ALL Abogados recomienda que “las personas tengan a la mano todas sus certificaciones laborales y realicen una revisión periódica, por lo menos una vez al año, en sus fondos de pensión”.

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